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TSJ

AS/0050/2009

Tribunal Supremo de Justicia
29 de julio de 2009Civil IIMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Compulsa
Sala
Civil II
Año
2009

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Texto del fallo

SALA CIVIL SEGUNDA

Expediente Nº SC-57-09-C

AUTO SUPREMO Nº 50 Sucre, 29 de julio de 2009

DISTRITO: Santa Cruz Proceso: Compulsa

Partes: Jose Armando Aranibar c/ Sala Civil Segunda de la Corte

Superior del Distrito de Santa Cruz

MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares

VISTOS: El recurso de compulsa de fs. 48-52 interpuesto por Jorge Armando Aranibar contra el auto interlocutorio que niega la concesión del recurso de casación interpuesto por el compulsante, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del concurso necesario de acreedores promovido por el compulsante contra Walter Félix Nuñez Rodríguez; los antecedentes venidos en testimonio, y

CONSIDERANDO I: Que La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, en apelación, pronunció el Auto de Vista de 05 de diciembre de 2008 cursante a fs. 1 y su complementario de fs. 8 del testimonio, confirmando el auto interlocutorio dictado por el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz que ordenó la desacumulación, del concurso necesario, del proceso coactivo civil seguido por el Banco Nacional de Bolivia S.A. contra Walter Félix Nuñez Rodríguez y sus garantes hipotecarios.

Contra esta resolución de vista, Jorge Armando Aranibar y Hugo Yabert Lozano Simón en representación de Walter F. Nuñez R., interpusieron sendos recursos de casación, los que fueron rechazados por auto interlocutorio de 13 de abril de 2008 cursante a fs. 34 de las fotocopias adjuntas, con el fundamento que el recurso presentado no se encuentra dentro de las previsiones del art. 255 del Código de Procedimiento Civil.

CONSIDERANDO II: Que, de la revisión de obrados, se establece que el Auto de Vista y su complemento antes mencionados han sido pronunciados dentro de una cuestión incidental referida a la solicitud de desacumulación de un proceso coactivo civil del concurso necesario, resolución que no corta procedimiento ulterior ni define lo principal del concurso necesario.

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Criterio

Que, el art. 255 inc. 3) del Código de Procedimiento Civil dispone la procedencia del recurso de casación contra autos de vista referentes a autos interlocutorios que pusieren término al litigio, lo que no sucede en la especie toda vez que la resolución impugnada pone fin únicamente a la cuestión incidental planteada y no así al pleito principal, consiguientemente no corta procedimiento ulterior ni reviste carácter definitivo.

Datos del proceso

Demandante
Jose Armando Aranibar
Demandado
Sala Civil Segunda de la Corte
Proceso
Compulsa
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Compulsa
Tribunal Supremo de Justicia29 de julio de 2009AS/0050/2009Fuente oficial