Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 052/2004 FECHA: 18 de mayo de 2004
EXP. N° : 53/2004
PROCESO : Revisión Extraordinaria de Sentencia
PARTES : Alex Valdivia Gonzáles dentro del fenecido proceso de Matrimonio de
Hecho, iniciado en el Juzgado Cuarto de Instrucción de Familia
VISTOS EN SALA PLENA:El recurso extraordinario de revisión de sentencia pronunciada en materia familiar interpuesto por Alex Valdivia Gonzáles, sus antecedentes, el informe de la Ministra Tramitadora, Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez; y
CONSIDERANDO:Que el recurrente interpone su demanda de revisión extraordinaria de la sentencia dictada por el Juez Cuarto de Instrucción de Familia del Distrito de Cochabamba, dentro del proceso sumario de declaración judicial de unión conyugal libre o de hecho seguido por María Eugenia Gamarra Montequin.
Que el recurso extraordinario de revisión de sentencia ejecutoriada previsto por el art. 297 del Código de Procedimiento Civil, es procedente únicamente para la revisión de un pronunciamiento jurisdiccional en proceso ordinario; en consecuencia, dicha norma legal es concluyente en cuanto a que es inadmisible la revisión de las sentencias pronunciadas dentro de un proceso sumario en materia familiar, como ocurre en el caso de autos.
POR TANTO:La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de conformidad con el art. 299-1) del Código de Procedimiento Civil, declara INADMISIBLE el recurso extraordinario de revisión de sentencia de fs. 385 a 387 vta. y ordena el archivo de obrados.
No interviene el Conjuez convocado, Dr. Clodoaldo Flores Domínguez, por ausencia justificada.
Regístrese.
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