Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0054/2007

Tribunal Supremo de Justicia
15 de enero de 2007Penal I
Proceso
Sala
Penal I
Año
2007

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: No. 054-A Sucre 15 de enero de 2007

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES : Remigio Mérida Sosa y otra c/ José Torrico Céspedes y otro.

Despojo.

VISTOS: el recurso de casación de fojas 281 a 282, interpuesto por Remigio Mérida Sosa y Florencia Veliz de Mérida, impugnando el Auto de Vista Nº 188/06 de 2 de octubre de 2006 de fojas 276 a 278 vuelta, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por los recurrentes contra José Torrico Céspedes y Jaime Rivero Thau, por los delitos de despojo, perturbación de posesión, daño simple y despojo, previsto en los Arts. 351, 353 y 357 del Código Penal; y,

CONSIDERANDO: que, para la admisibilidad del recurso de casación se deben cumplir los requisitos formales exigidos por los Arts. 416 y 417 de la Ley Nº 1970, debiendo los recurrentes interponer el recurso de casación dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, precisando hechos similares y estableciendo la contradicción de una o más normas sustantivas y adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado y con el precedente invocado.

CONSIDERANDO: que, el Juez de Partido y Sentencia de Portachuelo de la provincia Sara del Departamento de Santa Cruz, por resolución Nº 01/06 de fojas 230 a 237, condenó a los imputados José Torrico Céspedes y Jaime Rivero Thau, por el delito de despojo, previsto en el Art. 351 del Código Penal, a una pena de 2 años de reclusión, con costas, una vez ejecutoriada la sentencia; y los absuelve de culpa y pena de la comisión de los delitos de perturbación de posesión y daño simple que prevén los Arts. 353 y 357 del citado Código Penal. Resolución que fue apelada por José Torrico Céspedes y Jaime Rivero Thau a fojas 263 a 266 y vuelta, y a través del Auto de Vista Nº 188/06 de fojas 276 a 278 vuelta, dictado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró, a) Procedente el recurso de apelación restringida interpuesto por los imputados, y, b) Anula totalmente la sentencia objeto de la apelación, disponiendo la reposición del juicio por otro juez de sentencia; con los argumentos de, 1).- Insuficiente fundamentación probatoria y adecuación de la conducta de los imputados al tipo penal de despojo, el nexo causal en cuanto a la configuración del tipo penal, y la falta de valoración de los elementos de prueba, 2).- La carencia de fundamentación sobre la excepción de cosa juzgada formulada por los acusados, no se tomo en cuenta la identidad de sujeto, objeto y causa, y que un juicio ejecutoriado constituye una verdad procesal, y, 3).- La falta de individualización de la pena; lesionando los Arts. 124, 173 y 370 incs. 1), 5) y 6) del Código de Pdto. Penal.

CONSIDERANDO: que, Remigio Mérida Sosa y Florencia Veliz de Mérida, recurren de casación de fojas 281 a 282, impugnando el Auto de Vista Nº 188/06 dispuso la reposición del juicio por otro Juez de Sentencia; denunciando:

1.- Que, el Auto de Vista es incongruente y contradictorio, debido a que en su primer considerando, punto II, indica que los recurrentes denuncian la violación del Art. 22 del CP y el Art. 55 de la Ley 1008; aspectos que no señala el referido recurso.

2.- Alegan que la resolución impugnada, es vaga, con un contenido subjetivo sobre una incorrecta aplicación del Art. 365 del Código de Pdto. Penal, que el recurso de apelación no contiene dichos aspectos.

Mostrando 11 de 21 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Remigio Mérida Sosa y otra
Demandado
José Torrico Céspedes y otro.
Tribunal Supremo de Justicia15 de enero de 2007AS/0054/2007Fuente oficial