Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA SEGUNDA
Auto Supremo N° : 054/2013
Fecha : Sucre, 22 de noviembre de 2013
Distrito : La Paz
Expediente Nª : 231/2009
Partes : Fidel Aguilar Laura c/ Impuestos Internos La Paz
Proceso : Contencioso Tributario
Recurso : Casación
VISTOS: El Recurso de Casación de fs. 398 a 402, interpuesto por el Lic. Franz Rozich Bravo, representante legal de la Gerencia Distrital de La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales, contra el Auto de Vista Nº 75/09 de 8 de abril 2009, emitido por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, fs. 394 a 395, dentro del proceso Contencioso Tributario, seguido por Fidel Aguilar Laura en contra de la Administración Regional de Impuestos Internos La Paz; los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso Contencioso Tributario el Juez 1º Administrativo, Caactivo Fiscal y Tributario de La Paz, emitió la Sentencia Nº 43/1999 de 10 de junio de 1999, fs. 313 a 317; declaró PROBADA en parte la demanda Contencioso Tributaria de fs. 4-5 seguida por Fidel Aguilar Laura contra el Administrador Regional de Impuestos Internos, impugnando la Resolución Determinativa Nº 000420 de 30 de agosto de 1994; en consecuencia, dispone:
1.- Se modifica la resolución determinativa impugnada en su art. 1º con referencia a los impuestos adeudados en la siguiente forma:
Periodos fiscales 01 a 12/91 por IVA Form. 143 Bs. 26.433.-
Periodos fiscales 01 a 12/91 IT Form. 156 Bs. 2.532.-
Periodo fiscal 12/91 IRPE Form. 39, Bs. 7.347.-
Asimismo, se modifica el art. 2º con referencia a la multa igual al 50 % del monto omitido y actualizado.
Notificada con la sentencia, mediante memorial de fs. 321, el demandante Fidel Aguilar Laura, solicita enmienda y complementación de la referida sentencia, la que es resuelta mediante Auto de 19 de agosto de 1999, no dándole lugar por señalar ser claros los términos de la sentencia, cursante a fs. 332. A su vez, el Servicio Nacional de Impuestos Internos La Paz, interpone Recurso de Apelación mediante memorial de fs. 328 a 330 vta.; posteriormente, también plantea apelación Fidel Aguilar Laura mediante memorial de fs. 338 a 339 y vta., apelaciones que son resueltas mediante Auto de Vista Nº 57/03 de la SSA-III de 4 de abril del 2003, cursante a fs. 354 y vta., dictado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en la que CONFIRMA la Sentencia Nº 43/99 de fs. 313-317 dictada por la Juez 1º de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario.
Que, contra el referido Auto de Vista, interpone Recurso de Casación primero el Director Distrital del Servicio de Impuestos Nacionales La Paz de fs. 357 a 360, y luego, el demandante Fidel Aguilar Laura, Recurso de Casacón en la forma de fs. 363 a 367.
Ante estos Recursos, mediante Auto Supremo Nº 573 cursante a fs. 387 a 388, la Sala Social y Administrativa Primera de la Excma. Corte Suprema de Justicia, ANULA el Auto de Vista Nº 57/03 SSA-III, de fs. 354 de obrados disponiendo que el Tribunal de Apelación, sin esperar turno y previo sorteo, pronuncie nueva resolución a la brevedad posible con exhaustividad y con la pertinencia establecida en el art. 236 del Código de Procedimiento Civil.
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