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TSJ

AS/0054/2014

Tribunal Supremo de Justicia
5 de marzo de 2014Civil LiquidadoraMag. Elisa Sánchez Mamani
Proceso
Usucapión
Sala
Civil Liquidadora
Año
2014

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Texto del fallo

SALA CIVIL LIQUIDADORA

Auto Supremo: Nº 54

Sucre: 5 de marzo de 2014

Expediente: LP – 2 – 09 – S

Proceso: Usucapión

Partes: Humberto Silvestre Saca y otra c/ Cecilio Quispe Blanco y otra

Distrito: La Paz

Segunda Magistrada Relatora: Dr. Elisa Sánchez Mamani

I. VISTOS:

1.- EL recurso de casación en el fondo, interpuesto por Cecilio Quispe Blanco, de fojas 514 a 516, contra el Auto de Vista Nº 264 de 18 de junio de 2007, pronunciado por la Sala Civil Cuarta de la entonces Corte Superior del Distrito de La Paz, en el proceso ordinario doble sobre usucapión, seguido por Humberto Silvestre Saca y Alejandra Quispe de Silvestre en contra de Cecilio Quispe Blanco y María Luisa de Quispe, los antecedentes y;

II. CONSIDERANDO:

2.1. Antecedentes del proceso.-Que, mediante sentencia de fojas 388 a 394, el Juez de Partido Octavo en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, declaró improbada la demanda de fojas 10 a 11, reiterada a fojas 14, así como la demanda reconvencional de fojas 43 a 45 y subsanado a fojas 96, y por auto complementario de fojas 395 vuelta impuso costas al demandante.

Que, en grado de apelación interpuesto por Humberto Silvestre Saca y Alejandra Quispe de Silvestre, de fojas 400 a 401 vuelta, e interpuesto por Cecilio Quispe Blanco, de fojas 409 a 410 de obrados, la Sala Civil Cuarta de la entonces Corte Superior del Distrito de La Paz, por Auto de Vista Nº 264 de 18 de junio de 2007, cursante de fojas 505 y vuelta, anula el auto de concesión de la alzada.

Mediante Auto complementario de fecha 28 de julio de 2007, cursante de fojas 511 y vuelta, la propia Sala Civil Cuarta de la entonces Corte Superior del Distrito de La Paz, complementa y enmienda el Auto de Vista Nº S-264/2007 de 18 de junio de 2007, y anula en parte el auto de fojas 493 vuelta con relación a la concesión de apelación de Humberto Silvestre Saca y Alejandra Quispe de Silvestre y confirma la sentencia recurrida, dejando subsistente los demás aspectos referidos en el Auto de Vista de fojas 505.

Contra el referido Auto de Vista y su complementario, mediante escrito de fojas 514 a 516, Cecilio Quispe Blanco, interpone recurso de casación en el fondo, en los términos que consigna dicho escrito, y mediante escrito de fojas 523 a 526 de obrados, Humberto Silvestre Saca y Alejandra Quispe de Silvestre, interponen recurso de nulidad, con los fundamentos ahí consignados.

III. CONSIDERANDO:

3.1. Fundamentos del Fallo.- Que, por mandato del artículo 106 del Código Procesal Civil, vigente por mandato de la disposición Transitoria Segunda, numeral 4, Ídem, en cualquier estado del proceso puede declararse de oficio la nulidad de obrados, cuando la ley lo califique expresamente.

La precautela de los derechos y garantías constitucionales, es, en primer término, deber de la jurisdicción ordinaria, pues los jueces de la jurisdicción ordinaria son jueces constitucionales, a quienes incumbe el deber de resguardar y respetar los derechos fundamentales de las personas que intervienen en los procesos sometidos a su conocimiento, y en especial tienen el deber de tutelar los derechos fundamentales de las partes durante la sustanciación de los procesos judiciales y en la resolución de los mismos, conforme señala el publicista nacional José Antonio Rivera Santivañez.

Se debe tenerse presente que el debido proceso legal constituye una esencial garantía constitucional de los justiciables, la cual compele a los órganos jurisdiccionales, en cuanto mediatizadores del conflicto, a conocer y resolver las controversias de relevancia jurídica en estricta sujeción a las formas procesales que rigen los procesos de conocimiento ordinarios, cuya teleología última es la de resguardar el derecho de defensa en juicio; previsiones legales que son de orden público y de cumplimiento obligatorio, por mandato del artículo 90 del Código de Procedimiento Civil.

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Datos del proceso

Demandante
Humberto Silvestre Saca y otra
Demandado
Cecilio Quispe Blanco y otra
Proceso
Usucapión
Magistrado relator
Elisa Sánchez Mamani
Tribunal Supremo de Justicia5 de marzo de 2014AS/0054/2014Fuente oficial