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TSJReiteradora

AS/0054/2021

Tribunal Supremo de Justicia
26 de enero de 2021CivilMag. Marco Ernesto Jaimes Molina

Derecho Civil / Derecho Civil Sustantivo / Contratos / Ineficacia e invalidez / Nulidad y anulabilidad / Nulidad / Improcedencia

El recurrente acusa que pese al reclamo que efectuó ante la inasistencia del defensor de oficio de la contraparte, el Juez de la causa prosiguió con la tramitación del proceso e incumplió con lo dispuesto en el art. 363 del Código Procesal Civil, contraviniendo lo dispuesto por el art. 25 num. 1) y ...

Proceso
Nulidad parcial y revocatoria de escrituras públicas
Sala
Civil
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 54/2021.

Fecha: 26 de enero de 2021

Expediente: LP-90-20-S.

Partes: Reynaldo Portillo Piza representado legalmente por Rodrigo Laguna Bretel c/ Rubén Darío Guzmán Winkelman.

Proceso: Nulidad parcial y revocatoria de escrituras públicas.

Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 242 a 243 vta., interpuesto por Reynaldo Portillo Piza representado legalmente por Rodrigo Laguna Bretel, impugnando el Auto de Vista Nº S-197/2020 de 9 de junio, cursante de fs. 239 a 240, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro el proceso ordinario de nulidad parcial y revocatoria de escrituras públicas, seguido por el recurrente contra Rubén Darío Guzmán Winkelman; sin respuesta al recurso de referencia; el Auto de concesión de 28 de octubre de 2020 a fs. 246, Auto Supremo de Admisión N° 587/2020-RA de 23 de noviembre de fs. 252 a 253 vta; todo lo inherente; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Reynaldo Portillo Piza representado legalmente por Rodrigo Laguna Bretel mediante memoriales de fs. 23 a 27 vta., y 41 a 43 vta., interpuso demanda sobre nulidad parcial del Poder Nº 605/2006 y revocatoria de la Escrituras Públicas Nros. 141/2007, 406/2007 y 414/2007, seguido contra Rubén Darío Guzmán Winkelman, citado mediante edictos y al no contestar se le designó defensor de oficio al Abog. Rubén Ángel Vargas, quien a fs. 152 y vta., respondió negativamente a la demanda; desarrollándose de esa manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 323/2018 de 18 de julio, de fs. 215 a 217 vta., dende el Juez Público Civil y Comercial Nº 13 de la ciudad de La Paz, declaró IMPROBADA la demanda

2. Resolución de primera instancia que fue apelada por Reynaldo Portillo representado legalmente por Rodrigo Laguna Bretel, mediante memorial de fs. 220 a 222; originando que la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista S-197/2020 de 9 de junio, cursante de fs. 239 a 240, CONFIRMANDO la sentencia con los siguientes argumentos; corresponde advertirse que en el caso presente han operado los principios de convalidación y preclusión sobre las denuncias de incumplimiento al art. 365.III del Código Procesal Civil en las audiencias preliminares del 12 y 18 de junio de 2018 como irregularidad procesal, al no haber sido formuladas de manera oportuna por el ahora recurrente a través de los medios recursivos o de impugnación que la norma procesal civil vigente le franquea.

Ante ello, el Ad quem sostuvo que se encuentra impedido de poder disponer la nulidad de obrados, como lo solicita el apelante, en sujeción al art. 108 del Código Procesal Civil, por así prohibirlo el principio de continuidad del proceso contenido en el referido art. 17.III de la Ley 025; sin dejar de lado lo establecido por el art. 107 del Código Procesal Civil en sus parágrafos II y III, con relación a la imposibilidad de solicitar la nulidad de obrados por quien lo ha consentido al no haberla reclamado en la primera oportunidad hábil, que al ser de igual manera aplicable al caso presente se constituye también en fundamento normativo de la resolución.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Reynaldo Portillo representado legalmente por Rodrigo Laguna Bretel, mediante memorial de fs. 242 a 243 vta., recurso que es ahora objeto de análisis.

CONSIDERANDO II:

DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Conforme lo expuesto en el recurso de casación interpuesto por Reynaldo Portillo representado legalmente por Rodrigo Laguna Bretel, se extrae el siguiente reclamo de orden legal:

1. Acusó que pese al reclamó que efectuó ante la inasistencia del defensor de oficio de la contraparte, el Juez de la causa prosiguió con la tramitación del proceso e incumplió con lo dispuesto en el art. 363 del Código Procesal Civil, contraviniendo lo dispuesto por el art. 25 num. 1) y 3) del mismo cuerpo legal con relación a los deberes del juez, al no cumplir con la emisión de sentencia conforme a lo dispuesto por el art. 365.III del Adjetivo Civil.

Solicitó casar el Auto de Vista impugnado.

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Máxima

NULIDAD PROCESAL/ Sólo procede ante irregularidades procesales reclamadas oportunamente en la tramitación de los procesos.

Datos del proceso

Demandante
Reynaldo Portillo Piza representado legalmente por Rodrigo Laguna Bretel
Demandado
Rubén Darío Guzmán Winkelman.
Proceso
Nulidad parcial y revocatoria de escrituras públicas
Magistrado relator
Marco Ernesto Jaimes Molina

Precedente

Auto Supremo N° 931/2019 de 17 de septiembre.

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