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TSJ

AS/0055/2001

Tribunal Supremo de Justicia
22 de enero de 2001Social 1eraMag. Eduardo Rodríguez Veltzé
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2001

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

AUTO SUPREMO No. 055-Amparo Sucre, 22 de enero de 2001.

DISTRITO: Potosí

PARTES: Sonia Alfaro de Choque y otros c/ H. Alcalde Municipal de Tupiza.

RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé.

VISTOS:En revisión la Resolución de fs. 72 vlta.-74, pronunciada por el Juez de Partido del Trabajo y S.S. de Tupiza, dentro del recurso de Amparo Constitucional interpuesto por Sonia Alfaro de Choque, Norma Farfán Farfán, Armando Vargas Valdez, Elsa Lamas de Mamani y Horacio Velázquez en contra del Alcalde Municipal de Tupiza, Moisés Terrazas; los antecedentes, el dictamen del señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 78, y

CONSIDERANDO: Que interpuesto el recurso de fs. 38-42 y celebrada la audiencia pública respectiva, se pronunció la Resolución de fs. 72-74 declarando improcedente el recurso, la misma que es objeto de revisión en virtud de lo dispuesto por el art. 3° de la Ley N° 1979 de 24 de mayo de 1999 y la Declaración Constitucional N° 001/00 de 12 de julio de 1999, emitida por el Tribunal Constitucional, en relación a la Disposición Transitoria Tercera de la Ley N° 1836 de 1° de abril de 1998, y la competencia de la Corte Suprema de Justicia para conocer los asuntos de puro derecho planteados antes del 1° de abril de 1999.

CONSIDERANDO: Que los recurrentes demandan de amparo al Alcalde Municipal de Tupiza argumentando que fueron ilegalmente retirados de su fuente de trabajo, sin que se hubiese dado explicación de tal decisión. En su informe la autoridad recurrida refirió los antecedentes laborales de cada uno de los demandantes, las determinaciones institucionales que justificaron la medida y argumentó que los recurrentes tenían los recursos para reclamar sus derechos no siendo el amparo el medio apropiado.

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Datos del proceso

Demandante
Sonia Alfaro de Choque y otros
Demandado
H. Alcalde Municipal de Tupiza.
Magistrado relator
Eduardo Rodríguez Veltzé
Tribunal Supremo de Justicia22 de enero de 2001AS/0055/2001Fuente oficial