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TSJ

AS/0056/2009

Tribunal Supremo de Justicia
28 de febrero de 2009Penal IIMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Transporte de Sustancias Controladas
Sala
Penal II
Año
2009

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

Auto Supremo: Nº 056 Sucre, 28 de febrero de 2009

Expediente: Santa Cruz 55/07

Partes: Ministerio Público c/ José Guillermo Vedia Guzmán

Delito: Transporte de Sustancias Controladas

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VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 14 de febrero de 2007 (fojas 70 a 71) por José Guillermo Vedia Guzmán, impugnando el Auto de Vista (fojas 65 y vuelta) emitido el 31 de enero de 2007 pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el proceso penal seguido por Ministerio Público contra el recurrente por la comisión del delito de transporte de sustancias controladas.

CONSIDERANDO: que el recurso de casación de acuerdo a la normativa vigente en el Código de Procedimiento Penal, no sólo debe cumplir con los requisitos de una demanda nueva de puro derecho, sino que debe observarse las formalidades previstas en los artículos 416 y 417 del referido código que establece la exigencia de ser interpuesto dentro de los cinco días siguientes a la notificación con el Auto de Vista, que el o los precedentes contradictorios deben ser invocados a tiempo de interponer la apelación restringida y que el sentido contradictorio de los procedentes invocados, deben ser similares en cuanto al hecho resuelto, vale decir que en lo fáctico, histórico y legal deben concurrir elementos comunes que los cataloguen de similares, para así poder establecer si en una situación de hecho similar el sentido jurídico que se asigna al Auto de Vista impugnado no coincide con el o los precedentes, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance.

Que el procesado en el recurso de casación denuncia que el Auto de Vista impugnado no ha considerado los fundamentado expuestos en la apelación restringida, que el razonamiento jurídico de la sentencia es totalmente contrario a la verdad histórica de los hechos, donde no se ha considerado la presunción de inocencia y se lo ha condenado sin que exista plena convicción de que la mochila incautada con la droga le pertenecía, invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 103 de 31 de marzo de 2005 (tráfico sustancias controladas), 258 de 22 de julio de 2002 (violación), 523 de 20 de septiembre de 2004 ( violación agravada) y 103 de 20 de febrero de 2004 ( asesinato), fallos que no corresponden a un caso similar, tienen matices y características diferentes, por lo que no pueden aplicarse como medio de oposición al Auto de Vista impugnado, por consiguiente el recurso de casación deducido no cumple con los requisitos exigidos por los artículos 416 y 417 del procesal penal.

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de sus atribuciones, en aplicación de la regla establecida por el primer parágrafo del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por José Guillermo Vedia Guzmán impugnando el Auto de Vista emitido el 31 de enero de 2007 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz en el proceso penal sustanciado contra el recurrente.

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Criterio

invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 103 de 31 de marzo de 2005 (tráfico sustancias controladas), 258 de 22 de julio de 2002 (violación), 523 de 20 de septiembre de 2004 ( violación agravada) y 103 de 20 de febrero de 2004 ( asesinato), fallos que no corresponden a un caso similar, tienen matices y características diferentes, por lo que no pueden aplicarse como medio de oposición al Auto de Vista impugnado, por consiguiente el recurso de casación deducido no cumple con los requisitos exigidos por los artículos 416 y 417 del procesal penal.

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
José Guillermo Vedia Guzmán
Proceso
Transporte de Sustancias Controladas
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Recursos / Recurso de casación / Etapa de admisión / Inadmisibilidad
Tribunal Supremo de Justicia28 de febrero de 2009AS/0056/2009Fuente oficial