Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0057/2008

Tribunal Supremo de Justicia
29 de enero de 2008Penal I
Proceso
Sala
Penal I
Año
2008

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: Nº 57 Sucre, 29 de enero de 2008.

DISTRITO: Cochabamba.

PARTES: Cooperativa de Seguros FENACRE c/ Nancy Guardia

Quinteros.

Apropiación indebida y abuso de confianza (Admite el recurso

de casación)

< < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < <

Sucre, 29 de enero de 2008.

VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Nancy Guardia Quinteros a fs. 162-164, contra el auto de vista de 18 de junio de 2007, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal que le instauró la Cooperativa de Seguros FENACRE por los delitos de apropiación indebida y abuso de confianza, previstos en los arts. 345 y 346 del Código Penal, además de la agravante consignada en el art. 346 bis del mismo cuerpo legal; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO: Para la admisibilidad del recurso de casación, se deben cumplir las condiciones formales previstas en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, debiendo el recurrente interponer el recurso de casación dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, precisando los hechos similares y estableciendo la contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado, con relación al precedente o precedentes invocados.

Mostrando 11 de 22 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Cooperativa de Seguros FENACRE
Demandado
Nancy Guardia
Tribunal Supremo de Justicia29 de enero de 2008AS/0057/2008Fuente oficial