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TSJ

AS/0057/2013

Tribunal Supremo de Justicia
2 de abril de 2013PlenaMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Contencioso Administrativo.
Sala
Plena
Año
2013

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Texto del fallo

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 057/2013.

EXP. N°: 567/2010.

PROCESO: Contencioso Administrativo.

PARTES: Interpuesto por Juegos de Lotería LOTEX S.A. c/ Fiscal General del Estado.

FECHA: Sucre, dos de abril de dos mil trece.

VISTOS EN SALA PLENA: El proceso contencioso-administrativo seguido por Juegos de Lotería LOTEX S.A. contra el Fiscal General del Estado y el Ministerio de Salud y Deportes, impugnando la Resolución RJ- No 08/2010 de 30 de agosto de 2010; el informe de Secretaría de Sala Plena, los antecedentes procesales; y

CONSIDERANDO: Que, del informe emitido por el Secretario de Sala Plena de fs. 255, se tiene que la demanda fue admitida mediante proveído de 14 de marzo de 2011 de fs. 172, notificándose a la parte demandante en 17 de marzo de 2011 cursante a fs. 173 y que la última actuación procesal es la notificación con la contracautela en fecha 9 de septiembre de 2011.

Que, el art. 309 del Código de Procedimiento Civil, establece que cuando en primera instancia el demandante abandonare su acción durante seis meses, el juez, de oficio o a petición de parte, sin más trámite declarará la perención de la instancia, como una forma de conclusión extraordinaria del proceso, cuando media la inactividad del demandante que omite todo acto de impulso procesal.

En caso de autos, se tiene que, evidentemente, el último actuado procesal fue la notificación a los terceristas coadyuvantes con la providencia de fs. 249, efectuada en 9 de Septiembre de 2011, fecha desde la cual la parte demandante no realizó ninguna acción tendiente a la prosecución de la acción, por más de dieciocho (18) meses, circunstancia que hace procedente la aplicación, de oficio, de la sanción establecida en el artículo 309 del Código de Procedimiento Civil.

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 4.1) del Código de Procedimiento Civil, de oficio, declara la PERENCIÓN DE INSTANCIA y dispone el archivo de obrados.

Regístrese, notifique y cúmplase.

Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano

PRESIDENTE

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

Jorge Isaac von Borries Méndez

DECANO

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Datos del proceso

Demandante
Interpuesto por Juegos de Lotería LOTEX S.A.
Demandado
Fiscal General del Estado.
Proceso
Contencioso Administrativo.
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Administrativo / Derecho Procesal Administrativo / Proceso Contencioso Administrativo / Extinción del proceso / Perención de instancia
Tribunal Supremo de Justicia2 de abril de 2013AS/0057/2013Fuente oficial