Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA SEGUNDA
AUTO SUPREMO N° 57/2024
Sucre, 30 de enero de 2024
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES
Expediente : 754/2023
Demandante : Edwar Moises Montaño Cuellar
Demandado : Empresa Amazonic Sustaitable Enterprices
S.R.L.
Proceso : Beneficios sociales
Distrito : Santa Cruz
Relatora : Mgda. María Cristina Díaz Sosa
I. VISTOS: Los recursos de casación cursantes de fs. 547 a 548 y de fs.550 a 552, interpuestos por Juan Ramón Quezada Mostajo en representación de Empresa Amazonic Sustaitable Enterprices S.R.L. y Edwar Moises Montaño Cuellar, impugnando el Auto de Vista N° 54/2023 de 12 de mayo, cursantes a fs. 535 a 544vta, pronunciado por la Sala Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de pago de beneficios sociales, seguido por Edwar Moises Montaño Cuellar en contra de Amazonic Sustaitable Enterprices S.R.L., con memoriales de respuesta a los recursos de casación de fs. 555 y de fs. 560 a 561, el Auto de fs. 562 y vta que concedió los recursos, el Auto Supremo N° 754/2023-A de 27 de diciembre, y los antecedentes del proceso.
II. ANTECEDENTES PROCESALES
1. Sentencia
Tramitado el proceso por beneficios sociales iniciado por Juan Ramón Quezada Mostajo, la Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social, Noveno, emitió la Sentencia No. 32 de 26 de mayo de 2022, cursante de fs. 488 a 492, declarando: probada en parte la demanda, otorgando a favor del actor los derechos sociales de indemnización, bono de antigüedad, aguinaldo de la gestión 2020, vacaciones por 34 días, primas desde el 2013 al 2019, horas extraordinarias, y multa del 30% por incumplimiento a lo dispuesto por parte del Decreto Supremo N° 28699, por el monto total de Bs127.822.62.
2. Auto de Vista
El recurso de apelación interpuesto por Juan Ramón Quezada Mostajo, de fs. 494 a 499, que fue resuelto por la Sala Social Administrativa Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Tributaria del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 54/2023 de 12 de mayo, cursante de fs. 535 a 544 vta, revocando en parte la Sentencia apelada, en cuanto al bono de antigüedad, aguinaldo, vacaciones, primas e indemnización, reduciendo el monto establecido en la Sentencia a Bs104.623,20
III. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
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