Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 58/2006 FECHA: 8 de junio de 2006
EXP. N°: 105/2006
PROCESO: Juicio de Responsabilidades.
PARTES: Interpuesto por el Fiscal General de la República c/ Ex Presidente de la República de Bolivia; Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé, el Ex Ministro de Defensa Nacional, Lic. Gonzalo Méndez Gutiérrez y el Ex Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, Almte. Marco Antonio Justiniano Escalante.
VISTOS EN SALA PLENA: La excusa formulada por la Ministra Beatriz Sandoval de Capobianco, por la causal contenida en el numeral 11 del artículo 316 del Código de Procedimiento Penal, los antecedentes y;
CONSIDERANDO: Que la Ministra Beatriz Sandoval de Capobianco ampara su excusa en la causal contenida en el numeral 11 del artículo 316 del Código de Procedimiento Penal.
Que conforme fluyen los datos del proceso, la Ministra Beatriz Sandoval de Capobianco, fue convocada a formar Sala en fecha 30 de marzo (fs. 809), habiendo dictado providencia en fecha 22 de abril del presente año, conforme se advierte a fojas 822. Esta facticidad advierte que la Ministra Sandoval no se excusó inmediatamente o en su primera actuación tal y como previene el artículo 318 del Código de Procedimiento Penal, concordante con el artículo 4º inciso 1) de la Ley 1760 de Abreviación Procesal Civil y Asistencia Familiar.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, RECHAZA la excusa formulada.
Fueron de voto disidente los Ministros Juan José González Osio y Eddy Wálter Fernández Gutiérrez.
Regístrese y hágase conocer.
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