Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 58
Sucre, 5 de mayo de 2017
Expediente : 042/2016
Tipo de Proceso : Contencioso Administrativo
Demandante : Oscar Gabriel Rada Barrera y Fortino Jaime Agramont B.
Demandado : Presidencia del Estado y Ministerio de Salud
Magistrado Relator : Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: La demanda Contenciosa Administrativa de fs. 252 a 264 interpuesta por Oscar Gabriel Rada Barrera y Fortino Jaime Agramont Botello en representación legal de Central de Emergencias Nueva Esperanza S.A., contra la Presidencia del Estado Boliviano y el Ministerio de Salud, representados por sus titulares, Juan Evo Morales Ayma y Ariana Campero Nava, respectivamente; los demás antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, interpuesta la demanda señalada al exordio, se proveyó por esta Sala el cumplimiento previo de la presentación de la resolución impugnada y la diligencia de notificación, en originales o copias legalizadas, entre otros, así se observa a fs. 268 de obrados.
Por escrito que sale a fs. 284 de obrados, cumpliendo el proveído de fs. 268, los demandantes acompañan copia legalizada de la Resolución Administrativa N° 017/15, de 03 de junio de 2015, la que cursa de fs. 274 a 283, misma que también contempla la fecha de notificación con el acto administrativo emitido en vía de recurso jerárquico.
Así, por Auto de 17 de marzo de 2016, cursante a fs. 285, esta Sala admitió la demanda en cuestión, corriendo en traslado a la parte demandada para que asuma defensa dentro del término de Ley, ordenando la liberación de provisiones citatorias a los demandados y al tercer interesado.
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