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TSJReiteradora

AS/0058/2021

Tribunal Supremo de Justicia
16 de marzo de 2021Social 2daMag. Ricardo Torres Echalar

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Beneficios sociales / Desahucio / Procede

La parte recurrente manifiesta que el Tribunal de apelación incurrió en la causal de casación establecida en el art. 253.1 del Código de Procedimiento Civil (CPCabrg), al haber consentido como despido indirecto la falta de pago oportuno, siendo que dicha figura se encuentra clarament...

Proceso
proceso social de pago de beneficios sociales
Sala
Social 2da
Año
2021

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 58/2021

Sucre, 16 de marzo de 2021

Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 377/2020

Distrito: Cochabamba

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 103 105 vta., interpuesto por Yussef Alexie Terrazas Miranda contra el Auto de Vista 058/2020 de 24 de junio, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social de pago de beneficios sociales seguido por Gregorio Gómez Gonzales contra Yussef Alexie Terrazas Miranda, el Auto de 1 de octubre de 2020 a fs. 109 que concedió el recurso, el Auto Supremo 377/2020-A de 23 de octubre, a fs. 116 y vta., que admitió el recurso, los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO I:

I.- Antecedentes del proceso

I.1.- Sentencia

Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Segundo del departamento de Cochabamba, dictó la Sentencia de 26 de junio 2019, corriente de fs. 77 a 81 vta., declarando Probada en parte la demanda de beneficios sociales de fs. 6 a 8 vta., debiendo cancelar la parte demandada, los siguientes montos y conceptos:

Tiempo de servicios: 4 meses y 24 días

Sueldo promedio indemnizable: Bs. 2 060.-

Indemnización Bs. 824.-

Desahucio Bs. 6 180,-

Descuento salaros de febrero, marzo, abril y junio Bs. 1 300.-

Aguinaldo (4 meses y 24 días) Bs. 1 606.85

Total a pagar Bs. 9 128.-

I.2.- Auto de Vista

Deducido el recurso de apelación por la parte demandada, la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista 058/2020 de 24 de junio, corriente de fs. 97 a 99 vta., Confirmó la Sentencia de 26 de junio 2019, con costas y costos.

I.3.- RECURSO DE CASACIÓN

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Máxima

DESPIDO INDIRECTO/La falta de pago de sueldos que exceda los 15 días, es reconocido como despido indirecto, correspondiendo el pago de desahucio e indemnización en favor del trabajador.

Datos del proceso

Demandante
Gregorio Gómez Gonzales
Demandado
Yussef Alexie Terrazas Miranda
Proceso
proceso social de pago de beneficios sociales
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar

Precedente

Auto Supremo 434/2019 de 26 de agosto

Tribunal Supremo de Justicia16 de marzo de 2021AS/0058/2021Fuente oficial