Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA SEGUNDA
Auto Supremo N° :059 /2014
Fecha : Sucre, 21 de abril de 2014
Distrito : Beni
Expediente N° : 369/2009
Partes : Álvaro Gilmet Roca c/ La Federación de Ganaderos del Beni
Proceso : Beneficios Sociales
Recurso : Casación
VISTOS: El Recurso de Casación de fs. 82 a 85, interpuesto por Christian Fernando Sattori Ivanovic, en su condición Presidente y Representante de la Federación de Ganaderos del Beni, contra el Auto de Vista de 30 de abril de 2009, emitido por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni de fs. 78 a 79, dentro del Proceso Laboral de Beneficios Sociales seguido por Nelson Yañez Castelllanos en representación de Alvaro Gilmet Roca contra la federación recurrente; los antecedentes del Proceso, la respuesta al Recurso de Casación ; y,
CONSIDERANDO I: Que, iniciado el Proceso Social el Juez 1° del Trabajo y Seguridad Social del Beni, emitió la Sentencia N° 04/2009 de 27 de enero de 2009 de fs. 57 a 61, la que en su parte resolutiva declara PROBADA LA DEMANDA de fs. 14 a 16 con costas y se dispone que la Federación de Ganaderos del Beni y Pando FEGABENI, por medio de su Presidente Christian Sattori Ivanovic, pague a favor del demandante Alvaro Gilmet Roca, los Beneficios Sociales conforme a la siguiente liquidación:
Desahucio 3.000x3 …………………………………….Bs. 9.000.-
Indemnización 3.160x3.000: 360………..………………Bs. 26.333.-
Vacaciones 2 gest. c/u de 20 ds……………………….....Bs. 4.000.-
Aguinaldo 2008 duod …………………………………….Bs. 333.-
TOTAL BENEFICIOS SOCIALES………………………Bs. 39.666.-
Multa 30%................................................................................Bs. 11.899,80.-
TOTAL POR PAGAR Bs.………………………………..Bs. 51.565,80.-
SON: CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO 80/100 BOLIVIANOS (Bs. 51.565,80.-)
Notificada con la indicada Sentencia, la Federación demandada mediante memorial de fs. 63 a 64 y vta., interpone Recurso de Apelación, la que fue resuelta por Auto de Vista de 30 de abril de 2009 cursante de fs. 78 a 79, dictado por la Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni, la que en su parte resolutiva CONFIRMA en todas sus partes la Sentencia apelada, con costas, tal como lo determina el art. 237-1) del Código de Procedimiento Civil.
Que, contra el referido Auto de Vista, la Federación demandada interpone Recurso de Casación en el Fondo de fs. 82 a 85.
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