Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 060/2014-RA
Sucre, 28 de marzo de 2014
Expediente : Potosí 2/2014
Parte acusadora : Ministerio Público y otra
Parte imputada : Humberto Ledezma Rosso
Delitos : Lesiones Gravísimas y Homicidio
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de febrero de 2014, cursante a fs. 387 a 396 vta., Humberto Ledezma Rosso, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 3/2014 de 30 de enero, de fs. 309 a 313 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Norma Vidaurre Díaz contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Lesiones Gravísimas y Homicidio, previstos y sancionados en los arts. 270 inc. 5) y 251, ambos del Código Penal (CP).
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación pública (fs. 4 a 8) y particular (fs. 16 a 25), una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, por Sentencia 15/2013 de 7 de noviembre, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí (fs. 126 a 167), declaró al imputado Humberto Ledezma Rosso, autor de la comisión de los ilícitos de Lesiones Gravísimas y Homicidio, previstos y sancionados en los arts. 270 inc. 5) y 251 del CP, imponiéndole la pena privativa de libertad de quince años de reclusión, más la reparación de daños y costas a favor del Estado y de la víctima.
b) La referida Sentencia fue objeto de apelación por el imputado (fs. 251 a 272), dicho recurso mereció el pronunciamiento del Auto de Vista 3/2014 de 30 de enero (fs. 309 a 313 vta.), que declaró improcedente el recurso de apelación restringida interpuesto y confirmó la Sentencia apelada.
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