Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L
Auto Supremo: 60/2015
Sucre: 30 de enero 2015
Expediente: SC-172-14-S
Partes: Rubén Darío Méndez Oliva y Betty Flores de Méndez. c/ Darío Severino
Méndez Cuellar, María Luisa Méndez Oliva, Carlos Hugo Méndez Oliva,
Martha Teresa Méndez Oliva y Blanca Denny Méndez Oliva, Presuntos
Propietarios.
Proceso: Usucapión.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 372 a 375 vta., interpuesto por Betty Flores de Méndez y Rubén Darío Méndez Oliva contra el Auto de Vista Nº 413 de 10 de octubre de 2014 de fs. 369 y vta, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de Usucapión, seguido por Rubén Darío Méndez Oliva y Betty Flores de Méndez contra Darío Severino Méndez Cuellar, María Luisa Méndez Oliva, Carlos Hugo Méndez Oliva, Martha Teresa Méndez Oliva, Blanca Denny Méndez Oliva y Presuntos propietarios, respuesta de fs. 379 y vta.; concesión de fs. 380, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Mixto y de Sentencia de San Ignacio de Velasco del Departamento de Santa Cruz, pronunció Sentencia cursante de fs. 325 a 326 vta., declarando: PROBADA la demanda principal de fs. 8 y vta y fs. 9, declarando únicos propietarios del bien inmueble de terreno urbano ubicado en la zona central de la localidad de San José de Chiquitos de la Provincia Chiquitos, Manzano 03 lote s/n, calle Ovidio Barberí casi esquina de la calle Monseñor Carlos Guericke, bien que cuenta con una superficie de 1162.78 metros 2 a los señores Rubén Darío Méndez Oliva y Betty Flores de Méndez.
Apelada la referida sentencia por Darío Severiano Méndez Cuellar, Martha Teresa Méndez de Cronembol, María Luisa Méndez Oliva Blanca Denny Méndez Oliva y Carlos Hugo Méndez Oliva por memorial de fs. 337 a 341 vta., es resuelta por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que emitió el Auto de Vista cursante de fs. 369 y vta. por el que anula obrados hasta fs. 195 inclusive.
Resolución que dio lugar al recurso de Casación en la forma, interpuesto por parte de Betty Flores de Méndez y Rubén Dario Méndez Oliva, que se analiza.
CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Que fuera evidente la violación de sus derechos a la defensa y debido proceso consagrados en el art. 115 de la Constitución Política del Estado que darían lugar a la nulidad de obrados. Que acusan violación del art. 17 de la Ley del Órgano Judicial, 236 y 251 del Código de Procedimiento Civil, con relación a los arts. 105, 106 y 107 del Nuevo Código Procesal civil, que en consecuencia el recurso se encontraría en el marco de lo dispuesto por el art. 254-4) del Código de Procedimiento Civil, por considerar que se dictó el Auto de Vista en forma ultra petita:
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