Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0061/2010

Tribunal Supremo de Justicia
12 de abril de 2010PlenaMag. SALA PLENA
Proceso
Contencioso Administrativo.
Sala
Plena
Año
2010

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 061/2010

EXP. N°: 622/2009

PROCESO: Contencioso Administrativo.

PARTES Empresa Comunitaria Minera CHACARILLA S.R.L. c/ Autoridad General Jurisdiccional Administrativa Minera

FECHA: 12 de abril de 2010

VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa planteada por Antonio Mamani Mamani en representación legal de la Empresa Comunitaria Minera Chacarilla S.R.L., en la que impugna la Resolución RJ 05/2009 pronunciada el 14 de agosto de 2009 por la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera, los antecedentes del proceso, el informe del Ministro Tramitador Ángel Irusta Pérez; y

CONSIDERANDO: Que presentada la demanda contencioso-administrativa de fojas 35 a 39 vuelta, mediante providencia de 8 de enero de 2010, se ordenó que el presentante acredite la facultad que tiene para presentar el proceso, acompañe copia legalizada de la resolución impugnada y documentación que acredite la fecha de su notificación y que finalmente, presente registro actualizado ante FUNDEMPRESA, concediéndole al efecto, diez días bajo apercibimiento de tener como no presentada la demanda, orden notificada el 15 de enero de 2010.

Que de acuerdo al informe emitido por la Secretaria de Cámara de la Sala Plena, la demandante no ha dado cumplimiento a lo dispuesto, habiendo vencido el plazo para hacerlo, por lo que corresponde aplicar la sanción prevista por la última parte del artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.

POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tiene POR NO PRESENTADA la demanda, disponiendo el archivo de obrados.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

No interviene la Dra. Rosario Canedo Justiniano por haberse dispuesto su suspensión por la Cámara de Diputados del Congreso Nacional.

Mostrando 12 de 24 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Criterio

De acuerdo al informe emitido por la Secretaria de Cámara de la Sala Plena, la demandante no ha dado cumplimiento a lo dispuesto, habiendo vencido el plazo para hacerlo, por lo que corresponde aplicar la sanción prevista por la última parte del artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.

Datos del proceso

Demandante
Empresa Comunitaria Minera CHACARILLA S.R.L.
Demandado
Autoridad General Jurisdiccional Administrativa Minera
Proceso
Contencioso Administrativo.
Magistrado relator
SALA PLENA

Descriptores

Derecho Administrativo / Derecho Procesal Administrativo / Proceso Contencioso Administrativo / Demanda / Subsanación
Tribunal Supremo de Justicia12 de abril de 2010AS/0061/2010Fuente oficial