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TSJ

AS/0061/2012

Tribunal Supremo de Justicia
2 de abril de 2012Penal IMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
homicidio
Sala
Penal I
Año
2012

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO Nº 61/2012

Sucre, 2 de abril de 2012

EXPEDIENTE: La Paz 42/2012

PARTES PROCESALES: Ministerio Público, Victor Mamani Quispe contra Isaac Armando Cori Mamani

DELITO: homicidio

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VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Isaac Armando Cori Mamani (fs. 532 a 533), impugnando el Auto de Vista Nro. 81/2011 de 10 de enero de 2012 (fs. 513) emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y el acusador particular Victor Mamani Quispe contra Isaac Armando Cori Mamani, con imputación por comisión del delito de homicidio, previsto por el art. 251 del Código Penal.

CONSIDERANDO: Que el recurso de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes: 1) Concluido el juicio oral, público y contradictorio el Tribunal de Sentencia Cuarto de la ciudad de El Alto, por Sentencia Nro. 210/2011 de 4 de octubre de 2011 (fs. 473 a 479) declaró a Isaac Armando Cori Mamani autor del delito de homicidio, tipificado por el art. 251 del Código Penal, condenándolo a la pena de cinco años de reclusión a cumplir en el Centro Penitenciario de San Pedro de la ciudad de La Paz, así como al pago de costas a favor del Estado, y la reparación del daño civil ocasionado a la victima, que serán calificadas en ejecución de sentencia; 2) El acusador particular y el imputado Isaac Armando Cori Mamani interpusieron recursos de apelación restringida (fs. 487 a 493 y 494 a 495) contra esa Sentencia, obteniendo como resultado que el Tribunal de Alzada por Auto de Vista Nro. 91/2011 de 10 de enero de 2012, únicamente se pronuncia sobre el recurso de apelación restringida planteado por el acusador particular, admitiéndolo y con las facultades otorgadas por el art. 413 del Código de Procedimiento Penal repara directamente la inobservancia de los arts. 37 y 38 del Código Penal, condenando a Isaac Armando Cori Mamani por la comisión del delito de homicidio a la pena privativa de libertad de diez años de reclusión a cumplir en la Penitenciaria de San Pedro de la ciudad de La Paz.

CONSIDERANDO: Que el imputado recurre en casación el Auto de Vista referido (fs. 532 a 533) alegando que dicha resolución entra en contradicción al señalar que el Tribunal de Sentencia no habría considerado los agravantes respecto al bien jurídico protegido la vida, la actividad desplegada por el acusado y la circunstancia que llevaron a la comisión del tipo penal, incurriendo en error de derecho comprobado por los mismos datos del cuaderno procesal, al tipificar el accionar al ilícito como homicidio e imponerle una pena de diez años, aplicando erróneamente el precepto legal que da lugar a una pena que no corresponde, puesto que con el razonamiento en el que se funda el Auto de Vista su conducta se enmarcaría en el art. 254 del Código Penal, (homicidio por emoción violenta), y no en el delito de homicidio. Por otro lado señaló que al formular recurso de apelación restringida denunció que la Sentencia incurría en lo previsto por el art. 370 inc. 6 de la ley adjetiva penal, puesto que se basa en hechos inexistentes no acreditados y en valoración defectuosa de la prueba; sin embargo, la Sala Penal Segunda sin considerar el argumento expuesto ni revisar el cuaderno procesal en forma adecuada, lo condena a la pena de diez años.

Concluyó pidiendo se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y se establezca doctrina legal aplicable.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público, Victor Mamani Quispe
Demandado
Isaac Armando Cori Mamani
Proceso
homicidio
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Recursos / Recurso de casación / Etapa de admisión / Admisibilidad
Tribunal Supremo de Justicia2 de abril de 2012AS/0061/2012Fuente oficial