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TSJ

AS/0061/2015

Tribunal Supremo de Justicia
21 de junio de 2015Plena
Proceso
Contencioso Administrativo.
Sala
Plena
Año
2015

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Texto del fallo

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 61/2015.

FECHA: Sucre, 21 de junio de 2015.

EXPEDIENTE Nº: 523/2009.

PROCESO: Contencioso Administrativo.

PARTES: Gerencia de Grandes Contribuyentes Santa Cruz del Servicio de Impuestos Nacionales contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.

VISTOS EN SALA PLENA: El sorteo de causas de 19 de mayo del 2015, en la cual se encuentra el proceso contencioso administrativo (Exp. N° 523/2009) interpuesto por la Gerencia de Grandes Contribuyentes Santa Cruz del Servicio de Impuestos Nacionales contra la Autoridad de Impugnación Tributaria impugnando la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ/0232/2009, los antecedentes procesales y el informe de la Magistrada relatora Dra. Rita Susana Nava Durán.

CONSIDERANDO: Que en el caso de autos, solo se cuenta con la demanda, contestación y la resolución impugnada de fs. 1 a 177 y no así con los antecedentes administrativos tramitados en sede administrativa.

De la lectura del segundo otrosí de la contestación de la demanda que cursa a fs. 139, se evidencia que la entidad demandada pone a conocimiento de éste Tribunal, que existe otra demanda contencioso administrativa en la que se impugna la misma Resolución de Recurso Jerárquico, presentada por el contribuyente Empresa Agropecuaria 3 Marías S.R.L. contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, en la cual, a tiempo de contestar a la demanda en dicho expediente Nº 530/2009, se remitió 2 cuerpos relacionados al trámite del recurso jerárquico y antecedentes administrativos en 14 cuerpos.

Que ante la información verbal de la Secretaria de Sala Plena en la fecha, se tomó conocimiento que el Exp. N° 530/2009 fue sorteado en la misma fecha (19 de mayo de 2015), en consecuencia encontrándose los antecedentes administrativos de la presente causa (Exp. Nº 523/2009) en dicho expediente y con la finalidad de contar con elementos que generen convicción respecto al trámite en instancia administrativa y no emitir sentencias contradictorias, se debe suspender el plazo para resolución de la presente causa, hasta la emisión de la sentencia en dicho proceso contencioso administrativo, y una vez emitida la misma, se remitan los citados antecedentes a la Magistrada relatora que informa lo que antecede.

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, ORDENA:

1o. Que por Secretaría de Sala Plena, una vez emitida la sentencia en el proceso contencioso administrativo del Exp. N° 530/2009 se remitan los antecedentes de dicho proceso incluido el expediente, a la Magistrada relatora Dra. Rita Nava Duran.

2o. Suspender el plazo para la resolución de la presente causa, desde la fecha hasta la remisión de los citados antecedes administrativos, debiendo constar el reinicio del plazo en nota marginal firmada por la Secretaria de Sala Plena.

Regístrese, notifíquese y cúmplase.

Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez

PRESIDENTE

Fdo. Rómulo Calle Mamani

DECANO

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Datos del proceso

Demandante
Gerencia de Grandes Contribuyentes Santa Cruz del Servicio de Impuestos Nacionales
Demandado
la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
Proceso
Contencioso Administrativo.
Tribunal Supremo de Justicia21 de junio de 2015AS/0061/2015Fuente oficial