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TSJ

AS/0062/2008

Tribunal Supremo de Justicia
29 de enero de 2008Penal I
Proceso
Sala
Penal I
Año
2008

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: Nº 62 Sucre, 29 de enero de 2008.

DISTRITO: Santa Cruz.

PARTES: Ministerio Público c/ Roberto Roger Mendoza Jovio.

Transporte de sustancias controladas (Admite el recurso de

casación)

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Sucre, 29 de enero de 2008.

VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Roberto Roger Mendoza Jovio de 24 de julio de 2007 de fs. 106 a 108, impugnando el Auto de Vista Nº 55 de 19 de junio de 2007 de fs. 99 a 100, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente por el delito de transporte de sustancias controladas previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley 1008, los antecedentes del proceso; y

CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Sexto de Sentencia de la ciudad de Santa Cruz, mediante Sentencia Nº 8 de 11 de diciembre de 2006 de fs. 79 a 83, declaró al imputado Roberto Roger Mendoza autor del delito de transporte de sustancias controladas previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley 1008, imponiéndole la pena de ocho años de presidio a cumplir en el "Centro de Rehabilitación Santa Cruz", multa de 200 días a razón de Bs. 1.- por día, y costas averiguables en ejecución de sentencia.

La indicada resolución fue apelada por el imputado Roberto Roger Mendoza Jovio mediante recurso de 4 de mayo de 2007 de fs. 91 a 92 vta., y resuelta por Auto de Vista Nº 55 de fs. 99 a 100, declarando improcedente el recurso interpuesto. Contra esta resolución superior se formuló el recurso de casación antes detallado, cuya admisión ahora se analiza.

CONSIDERANDO: Que, el imputado Roberto Roger Mendoza Jovio en su recurso de casación de fs. 106 a 108, exponiendo inicialmente los antecedentes, señala que:

En su apelación restringida se amparó en los arts. 370 inc. 10), 1, 130 y 169 inc. 3) de la Ley 1970 y 16.IV de la Constitución Política del Estado, continúa indicando que fue notificado con la sentencia después de 4 de meses, sin haberse realizado la lectura integra de la misma; citando al efecto, el art. 361 de la ley referida.

Apuntando los arts. 361 y 130 del Código de Procedimiento Penal, reitera que se señaló día y hora de lectura de sentencia, sin embargo, la misma no se realizó ni consta el acta correspondiente.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Roberto Roger Mendoza Jovio.
Tribunal Supremo de Justicia29 de enero de 2008AS/0062/2008Fuente oficial