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TSJ

AS/0062/2024-RA

Tribunal Supremo de Justicia
8 de febrero de 2024Civil
Proceso
Nulidad de contrato
Sala
Civil
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 062/2024-RA

Fecha: 08 de febrero de 2024

Expediente: B-1-24-S.

Partes: Yasmany Oscar, María Teresa, Luís Enrique y Ana Belén todos Claros Vaca c/ Jesús Salomón Claros Limachi, Zeila Rojas Salvatierra y Mabel Becerra Aguilera.

Proceso: Nulidad de contrato.

Distrito: Beni.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 359 a 362, interpuesto por Yasmany Oscar, María Teresa, Luís Enrique y Ana Belén todos Claros Vaca a través de su representante legal Mónica Lizett Sotelo Debbe, contra el Auto de Vista N° 257/2023 de 21 de julio, que corre de fs. 353 a 355, pronunciado por la Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Domestica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, dentro del proceso ordinario de nulidad de contrato, seguido por los recurrentes contra Jesús Salomón Claros Limachi, Zeila Rojas Salvatierra y Mabel Becerra Aguilera; sin contestación al recurso; Auto de concesión N° 140/2023 de 22 de noviembre, visible a fs. 366, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Yasmany Oscar, María Teresa, Luís Enrique y Ana Belén todos Claros Vaca a través de su representante legal Mónica Lizett Sotelo Debbe, mediante escrito que cursa de fs. 46 a 49, subsanada de fs. 58, planteó demanda de nulidad de contrato contra Jesús Salomón Claros Limachi, Zeila Rojas Salvatierra y Mabel Becerra Aguilera, quienes una vez citados; por escrito de fs. 276 a 280, la última de las nombradas se apersonó, contestó negativamente a la demanda y reconvino por acción negatoria; posteriormente por memorial de fs. 292, Jesús Salomón Claros Limachi, se apersonó y contestó la demanda principal, allanándose a la misma; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 24/2023 de 31 de enero, saliente de fs. 314 a 320 vta., en la que el Juez Público Civil y Comercial N° 4 de la ciudad de Trinidad declaró IMPROBADA la pretensión de nulidad de contrato, por faltar en el objeto del contrato los requisitos exigidos por el art. 549 num. 2) del Código Civil; e IMPROBADA la demanda reconvencional de acción negatoria.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Yasmany Oscar, María Teresa, Luís Enrique y Ana Belén todos Claros Vaca representados legalmente por Mónica Lizett Sotelo Debbe, mediante memorial que corre de fs. 329 a 332; originó que la Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Domestica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, emita el Auto de Vista N° 257/2023 de 21 de julio, visible de fs. 353 a 355, que CONFIRMÓ la Sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Yasmany Oscar, María Teresa, Luís Enrique y Ana Belén todos Claros Vaca representados legalmente por Mónica Lizett Sotelo Debbe, según escrito visible de fs. 359 a 362, que es objeto de análisis para su admisión.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y conforme la Ley N° 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada Ley.

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Datos del proceso

Demandante
Yasmany Oscar, María Teresa, Luís Enrique y Ana Belén todos Claros Vaca
Demandado
Jesús Salomón Claros Limachi, Zeila Rojas Salvatierra y Mabel Becerra Aguilera
Proceso
Nulidad de contrato
Tribunal Supremo de Justicia8 de febrero de 2024AS/0062/2024-RAFuente oficial