Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo Nº 63-1
Sucre, 14 de febrero de 2019.
Expediente: Nº 051/2019-S.
Demandante: Everth Velarde Siles
Demandado: Empresa Cerámica Alvarado Cochabamba “CERAL”
Proceso: Pago de beneficios sociales y otros derechos.
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación de fs. 159 a 163, interpuesto por Geysol Leticia Ortega Escalera, en representación de Edwin Alvarado Saavedra, propietario de la Empresa Cerámica Alvarado Cochabamba (CERAL), en mérito al Testimonio de poder especial y bastante Nº 784/2015 de 05 de mayo, otorgado ante la Notaría Nº 31 de la ciudad de Cochabamba, a cargo del Abogado Mirael Villarroel Claros, contra el Auto de Vista Nº 136/2018 de 17 de octubre de 2018, emitido por la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa, del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, de fs. 153 a 156 y vta., dentro del proceso de pago de beneficios sociales y otros derechos, promovido por Evert Valverde Siles, contra la empresa del recurrente; el Auto de 30 de enero de 2019 (fs. 172), que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
I. CONSIDERACIONES LEGALES:
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