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TSJ

AS/0063/2010

Tribunal Supremo de Justicia
12 de abril de 2010PlenaMag. SALA PLENA
Proceso
Contencioso.
Sala
Plena
Año
2010

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Texto del fallo

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 063/2010

EXP. N°: 534/2009

PROCESO: Contencioso.

PARTES COMSER S.A Consultores c/ Autoridad de Fiscalización y Control Social de Telecomunicaciones y Transporte.

FECHA: 12 de abril de 2010

VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contenciosa planteada por Hugo Jaime Torricos Siles, en la que impugna el contrato de 30 de octubre de 1998, acción dirigida contra la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Telecomunicaciones y Transportes, los antecedentes del proceso, el informe del Ministro Tramitador Ángel Irusta Pérez; y

CONSIDERANDO: Que presentada la demanda contenciosa de fojas 7 a 11, mediante providencia de 28 de noviembre de 2009, se ordenó que el presentante acredite la facultad que tiene para presentar el proceso, acompañe la documentación ofrecida como prueba en el otrosí primero, concediéndole al efecto, quince días bajo apercibimiento de tener como no presentada la demanda, orden notificada el 9 de diciembre de 2009.

Que de acuerdo al informe emitido por la Secretaria de Cámara de la Sala Plena, la demandante no ha dado cumplimiento a lo dispuesto, habiendo vencido el plazo para hacerlo, por lo que corresponde aplicar la sanción prevista por la última parte del artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.

POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tiene POR NO PRESENTADA la demanda, disponiendo el archivo de obrados.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

No interviene la Dra. Rosario Canedo Justiniano por haberse dispuesto su suspensión por la Cámara de Diputados del Congreso Nacional.

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Criterio

Presentada la demanda contenciosa de fojas 7 a 11, mediante providencia de 28 de noviembre de 2009, se ordenó que el presentante acredite la facultad que tiene para presentar el proceso, acompañe la documentación ofrecida como prueba en el otrosí primero, concediéndole al efecto, quince días bajo apercibimiento de tener como no presentada la demanda, orden notificada el 9 de diciembre de 2009. De acuerdo al informe emitido por la Secretaria de Cámara de la Sala Plena, la demandante no ha dado cumplimiento a lo dispuesto, habiendo vencido el plazo para hacerlo, por lo que corresponde aplicar la sanción prevista por la última parte del artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.

Datos del proceso

Demandante
COMSER S.A Consultores
Demandado
Autoridad de Fiscalización y Control Social de Telecomunicaciones y Transporte.
Proceso
Contencioso.
Magistrado relator
SALA PLENA

Descriptores

Derecho Administrativo / Derecho Procesal Administrativo / Proceso Contencioso Administrativo / Demanda / Subsanación
Tribunal Supremo de Justicia12 de abril de 2010AS/0063/2010Fuente oficial