Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 63
Sucre, 22 de marzo de 2.010
DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social.
PARTES: Edith Paniagua Barba y otros c/ H. Alcaldía Municial de Warnes.
MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán.
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VISTOS: Los recursos de casación de fs. 135-137 y 140-143, interpuestos por los demandados Edith Paniagua Barba vda. de Melgar y otros y Nyls Ottoniel Carmona Zambrana en representación de la H. Alcaldía Municipal de Warnes, contra el Auto de Vista 447 de 3 de octubre de 2005, cursante a fs. 130-131 vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso laboral, seguido por Edith Paniagua Barba, Lorgio Francisco Jordán Avaroma, Robin Ronald Parada Pérez, Wilfredo Mendoza Justiniano, Rolando Ortiz Román, Julio Araujo Garnica, Adrian Arias Cortez, Luciano Parada Chavez, Maria Gladis Moreno Pérez y Jorge Paniagua Barba, contra la H. Alcaldía Municipal de Warnes, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, pronunció la Sentencia Nº 71 de 5 de mayo de 2005, cursante a fs. 78-80 y vta., declarando probada la demanda de beneficios sociales de fs. 47-48 vta. y ratificada a fs. 52 de obrados, disponiendo en consecuencia que la entidad demandada cancele a favor de los demandantes por concepto de beneficios sociales de acuerdo al siguiente detalle:
1.- Edith Paniagua Barba Bs. 6.372.22
2.- Lorgio Francisco Jordán Avaroma Bs. 10.984.66
3.- Robin Ronald Parada Pérez Bs. 7.027.76
4.- Wilfredo Mendoza Justiniano Bs. 10.520.00
5.- Rolando Ortiz Román Bs. 10.046.64
6.- Julio Araujo Garnica Bs. 21.201.00
7.- Adrián Arias Cortéz Bs. 6.755.55
8.- Luciano Parada Chávez Bs. 17.145.00
9.- Maria Gladys Moreno Pérez Bs. 10.981.98
10.- Jorge Paniagua Barba Bs. 22.488.87. Haciendo un total que se debía cancelar a favor de los actores la suma de Bs. 123. 526.68.
En grado de apelación, interpuesto por el representante de la entidad demandada (fs. 105-106 vta.) la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 447 de 3 de octubre de 2005, cursante a fs. 130-131 y vta. revocó parcialmente la sentencia apelada y deliberando en el fondo declaró improbada la demanda incoada por los demandantes: Edith Paniagua Barba, Lorgio Francisco Jordán, Robin Ronald Parada Pérez, Wilfredo Mendoza Justiniano, Rolando Ortiz Román, Julio Araujo Garnica, Luciano Parada Chávez, Jorge Paniagua Barba y probada la demanda de: Adrián Arias Cortez y María Gladys Moreno P., ordenando que la entidad demandada efectúe el pago a favor de los ex trabajadores Adrián Arias Cortéz y María Gladis Moreno Pérez por concepto de desahucio, indemnización y vacación la suma de Bs. 6.755.55 y Bs. 10.981.98 respectivamente sin costas por la revocatoria.
Contra dicho auto de vista, ambas partes interpusieron recurso de casación en el fondo, cursantes a fs. 135-137 y 140-143, respectivamente en el que acusaron:
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