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TSJ

AS/0063/2013

Tribunal Supremo de Justicia
2 de abril de 2013PlenaMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Contencioso Administrativo.
Sala
Plena
Año
2013

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Texto del fallo

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 063/2013.

EXP. N°: 85/2011.

PROCESO: Contencioso Administrativo.

PARTES: Interpuesta por la Central de Abastecimiento de Suministros de Salud (CEASS) contra el Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social.

FECHA: Sucre, dos de abril de dos mil trece.

VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa interpuesta por Yuri Quisbert Aruquipa, en representación de la Central de Abastecimiento de Suministros de Salud "CEASS", contra el Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, impugnando las Notas CITE MT/VMESC y COOP/DGSC/JRCFP Nº 2253/2010 de 15 de diciembre de 2010 y CITE D.M.T.E.P.S. Of 0131-11 de 4 de febrero de 2011; los antecedentes del proceso, el informe del Magistrado Tramitador Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas; y

CONSIDERANDO: Que interpuesta la demanda por memorial de fs. 77 a 83, por proveídos de fs. 86 y 93 se dispuso el cumplimiento de formalidades de rigor, posteriormente se admitió la demanda por decreto de 12 de abril de 2011 de fs. 117, corriendo traslado a la autoridad demandada y disponiendo su citación; con este proveído fue notificado el demandante el 15 de abril del mismo año, como acredita la diligencia de fs. 118, que en los hechos resulta ser el último actuado que corre en el expediente; desde esa fecha hasta el presente el actor no ha provisto los recaudos correspondientes para la elaboración de la provisión citatoria, menos hizo citar a la autoridad demandada ni instó la prosecución del proceso. Al contrario, hizo abandono de la acción, como asevera el informe emitido por Secretaría de Sala Plena de fs. 123.

En consecuencia, al estar demostrada la inactividad procesal del demandante por más de seis meses, da lugar a la perención de instancia prevista por el artículo 309 del Código de Procedimiento Civil.

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por el numeral 1) del artículo 4 del Código de Procedimiento Civil, de oficiodeclara la PERENCIÓN DE INSTANCIA por abandono; por consiguiente se dispone el archivo de obrados.

Regístrese, notifíquese y cúmplase.

Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano

PRESIDENTE

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

Jorge Isaac von Borries Méndez

DECANO

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Datos del proceso

Demandante
Interpuesta por la Central de Abastecimiento de Suministros de Salud (CEASS)
Demandado
el Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social.
Proceso
Contencioso Administrativo.
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Administrativo / Derecho Procesal Administrativo / Proceso Contencioso Administrativo / Extinción del proceso / Perención de instancia
Tribunal Supremo de Justicia2 de abril de 2013AS/0063/2013Fuente oficial