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TSJ

AS/0064/2002

Tribunal Supremo de Justicia
1 de marzo de 2002Penal IMag. Jaime Ampuero García
Proceso
Sala
Penal I
Año
2002

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Texto del fallo

SALA PENAL

AUTO SUPREMO No 64 Sucre 1 de marzo de 2002

DISTRITO: Potosí

PARTES: Ministerio Público c/ Juan Condori Luis, transporte de

sustancias controladas.

MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García

VISTOS: El recurso de casación y/o nulidad de fs. 138-139, interpuesto por el Fiscal de Materia, contra el Auto de Vista de fs. 135-136 de fecha 27 de agosto de 2001, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Juan Condori Luis, por el delito de transporte de sustancias controladas; sus antecedentes, las leyes acusadas de infringidas, el requerimiento del Fiscal Adjunto de fs. 145-146; y

CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Liquidador de Sustancias Controladas de la ciudad de Potosí, pronuncia la sentencia de fs. 116-121, declarando al procesado Juan Condori Luis, autor del delito de tentativa de transporte de sustancias controladas, previsto por el art. 55 de la Ley 1008 con relación al 8vo. del Código Penal, condenándole a la pena de cinco años y cuatro meses de presidio a cumplir en la cárcel pública de Cantumarca de esa ciudad, al pago de 666 días multa a razón de 0,50 Bs. por día, con costas y daños a favor del Estado.

Que, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Potosí, mediante Auto de Vista de fs. 135-136, revoca la sentencia apelada y deliberando en el fondo, absuelve de culpa y pena al procesado Juan Condori Luis, del delito descrito por el art. 55 de la Ley 1008 con referencia al 8vo. del Código Penal, por existir simplemente prueba semiplena. Sin embargo determina la aplicación de medida de seguridad de vigilancia a cargo de la F.E.L.C.N. regional Villazón por el plazo de un año.

Que, del fallo anterior, recurre de casación y/o nulidad el Fiscal de Materia, con los fundamentos contenidos a fs. 138-139, acusa la violación de los arts. 35, 36, 38 de la Ley 1008; 133 y 144 del Código de Procedimiento Penal; pide se case o anule el Auto de Vista, ratificando en su integridad la sentencia condenatoria de primera instancia.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Juan Condori Luis, transporte de
Magistrado relator
Jaime Ampuero García
Tribunal Supremo de Justicia1 de marzo de 2002AS/0064/2002Fuente oficial