Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0064/2005

Tribunal Supremo de Justicia
3 de marzo de 2005Penal IIMag. Rosario Canedo Justiniano
Proceso
Sala
Penal II
Año
2005

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

AUTO SUPREMO: Nº 64 Sucre 3 de marzo de 2005

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES: Ministerio Público c/ Jhon Franco Romero Márquez y otro.

Transporte de sustancias controladas.

MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano.

***********************************************************************************

VISTOS: el recurso de casación de fojas 192 a 197 interpuesto por Jhon Franco Romero Márquez impugnando el Auto de Vista de fojas 190 a 191 pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz en fecha 3 de Abril de 2002, dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra José Antonio Bautista Campos y el recurrente por el delito de transporte de sustancias controladas, previsto y sancionado por el artículo 55 de la Ley 1008, la extinción de la acción penal, los requerimientos fiscales de fojas 203 a 204, 206 a 208, sus antecedentes, y

CONSIDERANDO: que la presente causa se encuentra radicada en esta Sala a objeto de resolver el recurso extraordinario de casación interpuesto por el recurrente, amparado y previsto en los artículos 298 y 299 inciso 1) y otros del Código de Procedimiento Penal anterior, estado del proceso en el que se advierte de oficio la posibilidad de extinción de la acción penal, este Tribunal debe pronunciarse al respecto junto con el fondo del asunto, tomando en cuenta que tal situación reviste una forma de conclusión extraordinaria del proceso penal, cuya lógica consecuencia se traduce en la imposibilidad de continuar con el mismo, desapareciendo en el caso de autos, por tratarse de una acción penal pública, la posibilidad de control del Estado, sobre el hecho delincuencial sometido a su facultad punitiva se pasa a resolver conjuntamente el fondo de la causa.

CONSIDERANDO: que Jhon Franco Romero Márquez, a fojas 192 a 197 interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de fojas 190 a 191 pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz en fecha 3 de abril de 2002 que Revoca la sentencia apelada y, deliberando en el fondo, declara a José Antonio Bautista Campos y a Jhon Franco Romero culpables del delito de transporte de sustancias controladas previsto en el artículo 55 de la Ley 1008, condenándolos a cada uno a cumplir la pena de ocho años de presidio en el Centro de Rehabilitación de Palmasola, más el pago de quinientos días multa, a razón de Bs 2.- por cada día y costas a favor del Estado.

CONSIDERANDO: que el recurso de casación deducido fundamenta que, por encargo de un tercero, los procesados transportaban cocaína desde la República del Perú hacia la ciudad de San Pablo, República del Brasil, donde debían entregar la sustancia, siendo detenidos en la Estación de Yacuses dentro el tramo ferroviario comprendido entre Santa Cruz de la Sierra y Puerto Guijarro.

Que remitidas las diligencias policiales al Juzgado de la causa, se abrió proceso penal contra los nombrados por el delito de transporte de sustancias controladas, tipificado en el artículo 55 de la Ley 1008, en base a las cuales, así como a la prueba de cargo y descargo, los Jueces del Tribunal Segundo de Sustancias Controladas de la capital de Santa Cruz dictan Sentencia de fojas 163 a 164 y vuelta declarando culpables a los procesados por el delito de tentativa de transporte de sustancias controladas, previsto y sancionado por el artículo 8 del Código Penal con relación al artículo 55 de la Ley 1008, condenándolos a sufrir una penal individual de privación de libertad de cinco años y cuatro meses de presidio, absolviéndolos del delito de transporte de sustancias controladas previsto por el artículo 55 de la Ley 1008, Sentencia que fue apelada por la Fiscalía y por los procesados en el mismo acto de lectura de Sentencia de fojas 165, interponiendo el fiscal el requerimiento de fojas 185 a 186 y fundamentación de los procesados de fojas 188 y vuelta, concluyendo la referida etapa procesal con el Auto de Vista dictado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz que revoca la Sentencia apelada de fojas 163 a 164 y vuelta, condenándolos a la pena de ocho años de presidio en el Centro de Rehabilitación de Palmasola, más al pago de 500 días multa a razón de Bs 2.- por cada día y costas a favor del Estado, por haber sido encontrados in fraganti en posesión de siete mil setecientos gramos de cocaína, internada al país desde la ciudad de Lima-Perú, situación que no puede ser tipificada como simple tentativa de transporte de sustancias controladas, por tratarse de un delito de carácter instantáneo, consumándose a momento en que se descubre la droga.

Que contra el Auto de Vista anterior, John Franco Romero Marquez interpone recurso de casación de fojas 192 a 197 acusando la infracción del artículo 135 del anterior Código de Procedimiento Penal, artículos 7, 8 y 298 inciso 3) del Código Penal e interpretación errónea de la ley sustantiva al haberse interpretado erróneamente los preceptos del artículo 55 de la Ley 1008 al declararlo culpable del delito de transporte de sustancias controladas, cuando correspondía calificar su conducta como tentativa de transporte de sustancias controladas puesto que, al no arribar la cocaína a su destino, la ciudad de San Pablo-Brasil, no se consumó el transporte y sólo existió tentativa. Concluyendo, cita jurisprudencial contenida en los Autos Supremos de 11 de Octubre de 1999, de 14 de Octubre de 1999, Nº 279 de 5 de Junio de 1997 y Nº 379 de 4 de octubre de 1997, pidiendo al Tribunal Supremo Casar el Auto de Vista recurrido de fojas 190 a 191 y, de hallar culpabilidad, se imponga la pena mínima del delito de tentativa de transporte de sustancias controladas tipificada en el artículo 8 del Código Penal con relación al 55 de la Ley 1008.

Mostrando 13 de 25 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Jhon Franco Romero Márquez y otro.
Magistrado relator
Rosario Canedo Justiniano
Tribunal Supremo de Justicia3 de marzo de 2005AS/0064/2005Fuente oficial