Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
Auto Supremo Nº 064 Sucre, 23 de febrero de 2011
Expediente: Tarija 11/2008.
Partes: Ministerio Público c/ Bonifacio Galarza Ávila.
Delito: Violación.
VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 10 de julio de 2008 por Bonifacio Galarza Ávila (fojas 280 a 282), impugnando el Auto de Vista emitido el 28 de junio del mismo año por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija (fojas 243 a 245) en el proceso seguido por el Ministerio Público contra el recurrente por violación a su suegra, mujer anciana y enferma como consecuencia de un accidente cerebro-vascular.
CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se cuenta con los siguientes datos:
1.- La causa de referencia tuvo origen en un memorial de querella presentado por Mercedes y Reina Velásquez Heredia, quienes explicaron que su madre Pascuala Heredia, mujer de avanzada edad, enferma con embolia e imposibilitada de movimiento alguna sin ayuda, fue violada por su yerno Bonifacio Galarza Ávila, casado con otra de las hijas de la mencionada anciana (fojas 4 a 5).
2.- Sobre esa base el Ministerio Público, mediante requerimiento de 29 de noviembre de 2007 (fojas 13), formuló acusación contra Bonifacio Galarza Ávila, en mérito a lo cual se sustanció la respectiva causa que concluyó con sentencia emitida el 18 de abril de 2008 (fojas 183 a 187) que, declarando al procesado autor del delito de violación, lo condenó a la pena de siete años de reclusión.
3.- Ante ese resultado, éste impugnó dicha sentencia mediante interposición del recurso de apelación restringida (fojas 225 a 228) que fue presentado con los siguientes argumentos: a) No puede calificarse con calidad de plena la prueba de cargo presentada; b) No se le permitió ejercitar su derecho a réplica cuando el médico-forense hizo su presentación oral durante la sustanciación de la causa; c) Quienes dieron testimonio durante el proceso no eran testigos presenciales sino sólo referenciales; d) Se excluyó la posibilidad de prueba de ADN; e) Se vulneró el principio de presunción de inocencia y el de duda razonable ("in dubio pro reo")
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