Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 64/2015.
Sucre, 11 de febrero de 2015.
Expediente: SSA.II-SCZ.443/2014.
Distrito: Santa Cruz.
Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.
VISTOS: El recurso de casación o nulidad de fs. 59 a 64, interpuesto por Marcelo Landeau Orsine, en representación de la empresa de Transporte y Turismo “LOR – LAN” contra el Auto de Vista Nº 83 de 14 de enero de 2014 de fs. 56 a 57, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso laboral seguido por Carlos Lara Morón contra la empresa recurrente, la respuesta de fs. 67, el auto de fs. 68, que concedió el recurso, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero de Partido del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, pronunció la Sentencia Nº 06 de 1 de febrero de 2013, de fs. 29 a 31, declarando probada con costas la demanda de fs. 4 a 5 de obrados, por haberse probado la relación laboral entre Carlos Lara Morón y la empresa de Transporte y Turismo LOR-LAN representada por Marcelo Landeau Orsine, disponiendo el pago a favor del trabajador la suma de Bs.43.967,13.- (cuarenta y tres mil, novecientos sesenta y siete 13/100 bolivianos), por concepto de indemnización, aguinaldos, vacación, sueldos devengados, horas extras y multa del 30%, según el art. 9.II del DS Nº 28699.
En grado de apelación formulada por la parte demandada, mediante memorial de fs. 35 a 40 de obrados, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de la ciudad de Santa Cruz, por Auto de Vista Nº 83 de 14 de enero de 2014 de fs. 56 a 57, declaró inadmisible el recurso ordinario de apelación interpuesto, mediante memorial de fs. 35 de obrados.
Dicha resolución motivó que la parte demandada formule recurso de casación o nulidad, conforme a los contenidos de su memorial de fs. 59 a 64 de obrados.
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