Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Expediente Nº 312/05
AUTO SUPREMO Nº 065 - Social Sucre, 16 de febrero de 2009.
DISTRITO: La Paz
PARTES: Abraham Toro Guarachi c/ Servicio Nacional de Caminos
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 60-61 interpuesto Deysi Rivera Torricos, apoderada legal del Servicio Nacional de Caminos, del Auto de Vista No. 78/05 SSA-II que cursa a fs. 59, dictado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior de de Justicia de La Paz, en el proceso laboral sobre reincorporación, seguido por Abraham Toro Guarachi contra el Servicio recurrente; sus antecedentes, lo alegado por las partes, el Dictamen Fiscal de fs. 66-67, y
CONSIDERANDO I: Que, en conocimiento del proceso, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de La Paz dictó, a fs. 44-45, la Sentencia No. 96/2003, por la que declara probada la demanda de fs. 6-7, con costas; disponiendo la reincorporación del demandante a las funciones que ocupaba antes de su retiro, con reconocimiento de haberes por el tiempo que duraba su mandato sindical, que serán liquidados en ejecución de Sentencia.
En apelación de esta Sentencia, interpuesta a fs. 49 por Lariza Fuentes y Deysi Rivera como apoderadas del Servicio demandado, la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior de ese Distrito, en conocimiento de la alzada, por Auto de Vista No. 78/05 SSA-II de fs. 59, la confirma; con costas.
Resolución de la que el Servicio de Caminos a través de su apoderada legal, ya mencionada y, como se tiene referido, interpone el recurso de casación, que se pasa a examinar.
CONSIDERANDO II: Que, este recurso a fs. 60-61 de obrados, en la insustancialidad de su contenido se limita a especular sobre el Fuero Sindical, garantía a cuyo amparo el actor demandó reincorporación a su fuente laboral; derivando a las previsiones de la Ley No. 2027, Estatuto del Funcionario Público, y el D.S. No. 26336, en virtud de tales normas -alega- no se reconoce el derecho a la libre sindicalización en la entidad demandada.
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