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TSJ

AS/0065/2013

Tribunal Supremo de Justicia
7 de marzo de 2013Penal IMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
asesinato, lesiones gravísimas con agravante
Sala
Penal I
Año
2013

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO Nº 65/2013

Sucre, 7 de marzo de 2013

EXPEDIENTE: Chuquisaca 47/2013

PARTES PROCESALES: Ministerio Público, Cristian Nicolás Callejas Ávalos, Dora Ávalos de Callejas, Nicolás Callejas Jiménez, Juan Carlos Vedia Pérez, Gil Vedia Chávez contra Dilma Tórres León, Raúl Condori Pinto, Julio Rodas

DELITO: asesinato, lesiones gravísimas con agravante

VISTOS: El recurso de casación interpuesto por la acusada Dilma Tórres León (fs. 451 a 452), impugnando el Auto de Vista Nro. 41/2013 emitido el 13 de febrero de 2013 por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca (fs. 436 a 439), en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y los acusadores particulares Cristian Nicolás Callejas Ávalos, Dora Ávalos de Callejas, Nicolás Callejas Jiménez, Juan Carlos Vedia Pérez y Gil Vedia Chávez contra Raúl Condori Pinto, Julio Rodas (ambos co imputados declarados rebeldes) y la recurrente por la presunta comisión de los delitos de asesinato y lesiones gravísimas con agravante, sancionados por los artículos 252 inciso 6), 270 inciso 5) y 272 del Código Penal.

CONSIDERANDO I: (Antecedentes del recurso de casación)

Que el recurso de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes:

El Tribunal de Sentencia Primero de la capital del departamento de Chuquisaca, mediante Sentencia Nro. 12/2012 de 10 de septiembre de 2012 (fs. 360 a 372), declaró a la acusada Dilma Tórres León co-autora de la comisión de los delitos de lesiones gravísimas y asesinato -artículos 270 inciso 5) y 252 inciso 6) del Código Penal- y la condenó a la pena privativa de libertad de quince años de presidio, a cumplirlos en la Cárcel Pública de San Roque de la ciudad de Sucre. Posteriormente, dicho fallo fue impugnado mediante recurso de apelación restringida interpuesto por la acusada (fs. 391 a 393), mismo que fue subsanado (fs. 422 a 426) y resuelto mediante Auto de Vista Nro. 41/2013 de 13 de febrero de 2013, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca (fs. 436 a 439), que declara procedente en parte el recurso y deja sin efecto la Sentencia apelada, disponiendo se emita una nueva Sentencia debidamente motivada en la que se explique el desarrollo del comportamiento de la acusada vinculada a los tipos penales por los que fue condenada, conforme a las teorías del delito y de la participación criminal, tomando en cuenta el principio de congruencia entre la acusación y la Sentencia; de este modo, se dio origen al recurso de casación que es caso de autos.

CONSIDERANDO II: (Motivos del recurso de casación)

Que al interponer el enunciado recurso de casación, la recurrente argumenta:

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público, Cristian Nicolás Callejas Ávalos, Dora Ávalos de Callejas, Nicolás Callejas Jiménez, Juan Carlos Vedia Pérez, Gil Vedia Chávez
Demandado
Dilma Tórres León, Raúl Condori Pinto, Julio Rodas
Proceso
asesinato, lesiones gravísimas con agravante
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Recursos / Recurso de casación
Tribunal Supremo de Justicia7 de marzo de 2013AS/0065/2013Fuente oficial