Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 66
Sucre, 12 de marzo de 2024
Expediente: 652/2023
Demandante: Ramón Roberto Aguilera Ichazo
Demandado: Fábrica Boliviana de Cerámica S.R.L. (FABOCE LTDA)
Materia: Beneficios Sociales
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por el representante legal de la FABRICA BOLIVIANA DE CERAMICA S.R.L. (FABOCE LTDA) cursante de fs. 724 a 727 y vta., contra el Auto de Vista Nº 166 de 18 de agosto de 2023, cursante de fs. 712 a 721 y vta., emitido por la Sala Social, Administrativa, Contencioso Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz dentro el proceso social seguido por Ramón Roberto Aguilera Ichazo contra la empresa ahora recurrente, el Auto que concede el medio de impugnación, cursante a fs. 738, el Auto de 5 de diciembre de 2023, de fs. 745 y vta., mediante el cual se admite el referido recurso, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso
Ramón Roberto Aguilera Ichazo, por memorial de fs. 21 a 25, demanda cobro de beneficios sociales contra FABOCE SRL, refiere que fue contratado como consultor ambiental, desde el 1 de octubre de 2011, percibiendo un salario de Bs. 8.000.- mismo que era cancelado mediante cheque bancario, desde que inicio la relación laboral fue contratado sin interrupción de tiempo con contratos de menos de un año, desarrollando sus actividades hasta el 14 de octubre de 2020, presentando sus informes al Asesor Legal de la empresa vía correo electrónico.
Manifiesta que los pagos fueron normales hasta febrero de 2020, posterior a esa fecha por motivos de la pandemia, la situación fue irregular con la empresa demandada, en julio del indicado año, después la empresa lo llamo a reunión para considerar la rebaja de su salario, lo cual no acepto es así que el 14 de septiembre de 2020, presenta solicitud de retiro indirecto y el 14 de octubre de 2020, pone manifiesto su despedido indirecto por falta de pago de más de 9 meses. Demanda el pago de beneficios sociales correspondiente al desahucio, indemnización, aguinaldo, vacaciones, sueldos devengados, bono de antigüedad y multa del 30% por la suma de Bs. 465.393,90.-
Cumplidas las formalidades procesales, el Juez Onceavo de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, emitió la Sentencia N° 07/23 de 3 de marzo de 2023, cursante de fs. 676 a 680, declarando: 1.- ADMISIBLE la tacha de testigo opuesta por Ramón Roberto Aguilera Ichazo contra el testigo Edgardo Ariel Padilla Ordoñez. 2.- IMPROBADA con costas la demanda de fs. 21 a 25 y vta., por haberse probado que no existió relación laboral entre el demandante y el demandado dejándose en consecuencia sin efecto todas las medidas precautorias ordenadas en el presente proceso.
I.2. Auto de Vista
Contra esta decisión, Ramón Aguilera Ichazo, interpuso recurso de apelación, cursante de fs. 686 a 693 y vta., cumplidas las formalidades procesales, la Sala Social, Contencioso y Contenciosa Administrativa Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista 166 de 18 de agosto de 2023, cursante de fs. 712 a 721 y vta., resolviendo REVOCAR TOTALMENTE la Sentencia N° 07/2023, consecuentemente se declara PROBADA EN PARTE la demanda interpuesta por Ramón Roberto Aguilera Ichazo contra FABOCE SRL, en tal sentido corresponde reconocer a favor del demandante el monto equivalente a sus derechos y beneficios sociales siguientes:
RAMON ROBERTO AGUILERA ICHAZO:
PROMEDIO INDEMNIZABLE: Bs.- 8.000,00
DESAHUCIO
3 sueldos Bs.- 24.000,00;
INDEMNIZACION
De 8 años y 13 días Bs.- 72.288,89;
AGUINALDOS
Gestión 2012 Bs.- 8.000,00;
Gestión 2013 Bs.- 8.000,00;
Gestión 2014 Bs.- 8.000,00;
Gestión 2015 Bs.- 8.000,00;
Gestión 2016 Bs.- 8.000,00;
Gestión 2017 Bs.- 8.000,00;
Gestión 2018 Bs.- 8.000,00;
Gestión 2019 Bs.- 8.000,00;
Gestión 2020 Bs.- 8.000,00;
AGUINALDO “ESFUERZO POR BOLIVIA”
Gestión 2019 Bs.- 8.000,00;
Gestión 2020 Bs.- 6.377,00;
VACACIONES
Gestión 2019 (20 días) Bs.- 5.333,33
Gestión 2020 (20 días) Bs.- 5.333,00
BONO DE ANTIGÜEDAD
Gestión 2014 Bs.- 6.480,00
Gestión 2015 Bs.- 6.480,00
Gestión 2016 Bs.- 6.647,00
Gestión 2017 Bs.- 7.148,00
Gestión 2018 Bs.- 7.148,00
Gestión 2019 Bs.- 7.148,00
Gestión 2020 Bs.- 5.597,00
SUELDOS DEVENGADOS
8 meses y 14 días Bs.- 67.733,33
SUB TOTAL Bs.-308.073,88;
MULTA 30% Bs.- 92.422,16
TOTAL Bs.- 400.496,04;
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