Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 67/2006 FECHA: 1 de agosto de 2006
EXP. N°: 105/2006
PROCESO: Juicio de Responsabilidades.
PARTES: Fiscal General de la República c/ Ex Presidente de la República, Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé; Ex Ministro de Defensa Nacional, Lic. Gonzalo Méndez Gutiérrez y el Ex Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, Almte. Marco Antonio Justiniano Escalante.
VISTOS EN SALA PLENA: El Requerimiento Acusatorio del Fiscal General de la República de 9 de marzo de 2006 contra el ex Presidente de la República, Eduardo Rodríguez Veltzé, el ex Ministro de Defensa Nacional, Gonzalo Méndez Gutiérrez y el ex Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, Almte. Marco Antonio Justiniano Escalante; la Consulta absuelta por la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, los memoriales de fs. 816-818, 855-856, 857, 902-903 y 924 presentados por Eduardo Rodríguez Veltzé y el memorial de fs. 919 presentado por el señor Fiscal General de la República; y
CONSIDERANDO: Que el Requerimiento Acusatorio presentado por el Fiscal General de la República el 9 de marzo de 2006, fue remitido a la Sala Penal Segunda en cumplimiento de la segunda parte del parágrafo I del artículo 3° de la Ley N° 2445 de 13 de marzo de 2003; dicha Sala presentó el Informe correspondiente en el que se sugiere la remisión del requerimiento acusatorio formulado por el Fiscal General de la República al Congreso Nacional para su consideración de conformidad a lo dispuesto en el art. 118-5 y art. 68 numeral 11) de la Constitución Política del Estado.
CONSIDERANDO: Que, conforme al procedimiento previsto por el artículo 118 inciso 5) de la Constitución Política del Estado en relación con el artículo 3 parágrafo I de la Ley N° 2445 de 13 marzo de 2003, corresponde remitir obrados a conocimiento del Honorable Congreso Nacional para los fines establecidos en la precitada Ley.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dando curso al requerimiento del Fiscal General de la República, DISPONE remitir obrados, a conocimiento del Honorable Congreso Nacional, para la Autorización del juzgamiento del ex Presidente de la República de Bolivia Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé, ex Ministro de Defensa Nacional Lic. Gonzalo Méndez Gutiérrez y el ex Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación, Almte. Marco Antonio Justiniano Escalante y otros, en caso de que correspondiese.
Fueron de voto disidente los Conjueces: Carmen Sonia Villar de Bause, José Lemaitre Ipiña, Gonzalo Urquizu Arana y José Mario Serrate Paz, quienes hacen constar los fundamentos de su disidencia por separado.
No interviene la Ministra Beatriz Sandoval de Capobianco por encontrarse con baja médica, sin embargo su opinión fue por que se devuelvan los antecedentes al Ministerio Público.
No interviene el Conjuez Juan José Saavedra Serrano por encontrarse de viaje.
Regístrese, comuníquese y remítase
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