Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 68/2006 FECHA: 9 de agosto de 2006
EXP. N°: 225/2003
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Corporación de las Fuerzas Armadas para el Desarrollo Nacional (COFADENA) contra el Superintendente General de Minas.
VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de complementación y enmienda presentada por José Fernando Terán Arce, Gerente General de la Corporación de las Fuerzas Armadas para el Desarrollo Nacional (COFADENA), los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO: Que del texto del memorial presentado el 22 de los corrientes, se infiere que el impetrante solicita una nueva interpretación de normas que han sido aplicadas en la resolución del proceso y cuya aplicación ha sido debidamente fundamentada y desarrollada en el texto de la Sentencia Nº 51/2006 de 31 de mayo de 2006, conforme se establece de fojas 169 A 171, no existiendo conceptos oscuros u omisiones respecto de las pretensiones deducidas; por tanto, no corresponde la aplicación del parágrafo II del artículo 196 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, determina no haber lugar a la solicitud de aclaración, complementación y enmienda presentada por José Fernando Terán Arce, Gerente General de la Corporación de las Fuerzas Armadas para el Desarrollo Nacional (COFADENA).
La Ministra Emilse Ardaya Gutiérrez fue de voto disidente.
Regístrese.
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