Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 68/2014
FECHA: Sucre, 10 de junio de 2014
EXPEDIENTE Nº: 37/2007
PROCESO: Homologación de Sentencia.
PARTES: Oscar Nery Hinojosa Imanareco contra Yukiko Kobayashi.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda de homologación de sentencia interpuesta por Oscar Nery Hinojosa Imanareco contra Yukiko Kobayashi, pidiendo homologación de la declaración para inscripción de divorcio Nº de aceptación 2371, presentada la Mayor de la ciudad de Akishima, Tokio en fecha 5 de julio de 2005 y el informe de la Magistrada tramitadora Norka Natalia Mercado Guzmán.
CONSIDERANDO: Que presentada la demanda, se dispuso mediante decreto de fecha 1 de febrero de 2007 cursante a fojas 15, que el impetrante acompañe el texto íntegro de la sentencia cuya homologación se pretende, acompañada de la traducción correspondiente y se cumplan las condiciones de autenticidad exigidas por la ley nacional y asimismo, señale el domicilio de la demandada. Posteriormente, por decreto de 8 de marzo de 2007, a solicitud del interesado se concedió plazo adicional de veinte días para cumplir con las observaciones, siendo notificado el 8 de marzo de 2007 conforme se evidencia a fojas 19 de obrados.
Que el artículo 333 del citado Código Adjetivo Civil determina que cuando la demanda no se ajuste a las reglas establecidas, podrá el juez ordenar de oficio se subsanen los defectos dentro del plazo prudencial que fije, y bajo apercibimiento de que si no se subsanaren se la tendrá por no presentada.
En el caso de autos, hasta la fecha no se han subsanado las observaciones formuladas y correspondiendo en consecuencia, dar estricta aplicación a la norma citada.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el artículo 333 del Código de Procedimiento Civil, declara POR NO PRESENTADA la demanda interpuesta por Oscar Nery Hinojosa Imanareco contra Yukiko Kobayashi, cursante de fojas 12 y consecuentemente se dispone el archivo de obrados.
No suscribe la Magistrada Rita Susana Nava Duran por presentar voto disidente.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
PRESIDENTE
Fdo. Rómulo Calle Mamani
Mostrando 16 de 32 parrafos.