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TSJ

AS/0069/2012

Tribunal Supremo de Justicia
11 de mayo de 2012Penal Liquidadora
Proceso
Transporte de Sustancias Controladas
Sala
Penal Liquidadora
Año
2012

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Texto del fallo

SALA PENAL LIQUIDADORA

AUTO SUPREMO Nº:69/12

Fecha : Sucre, 11 de mayo 2012

Expediente : 97/08

Distrito : Cochabamba

Partes : Ministerio Público c/ Policarpio Huaynoca Fuentes, Filomena

Yucra Choque y Benito Gonzáles García.

Delito : Transporte de Sustancias Controladas

Recurso : Casación

VISTOS: (Del recurso en cuestión)

Los Recursos de Casación planteados por Policarpio Huaynoca Fuentes, de fs.240 y 241 y Reynalda Medina Encinas de fs. 245 a 249, impugnando ambos el Auto de Vista de 07 de abril de 2008, cursante de fs. 235 a 238 de obrados, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido a instancias del Ministerio Público, en contra de Policarpio Huaynoca Fuentes, Filomena Yucra Choque y Benito Gonzáles García, por la comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley Nº 1008, los antecedentes, y:

CONSIDERANDO: (Circunstancias Procesales)

Que, en mérito a la Acusación formal planteada por el Ministerio Público contra Policarpio Huaynoca Fuentes, Filomena Yucra Choque y Benito Gonzáles García, por la comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley Nº 1008, el Tribunal de Sentencia de la ciudad de Quillacollo del Departamento de Cochabamba una vez sustanciado el juicio oral, mediante Sentencia Nº 8/06 de 16 de marzo de 2006, declara a Policarpio Huaynoca Fuentes, culpable de la comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley Nº 1008, condenándolo a cumplir la pena privativa de libertad de 8 años de presidio en el Penal de "San Sebastián" más 250 días multa a razón de Bs. 1 por día con costas y responsabilidad civil; con relación a Filomena Yucra Choque se emite Sentencia absolutoria por el delito de Transporte de Sustancias Controladas previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley Nº 1008.

Que, ante esta Sentencia Miguel Trigo Rocha, Fiscal de Sustancias Controladas plantea complementación de la Sentencia respecto a que el Tribunal se pronuncie sobre la confiscación del motorizado incautado, solicitud que fue considerada por Auto de Vista de fs. 113 y vta. en la que se dispone la confiscación del vehículo con Placa de Control Nº 1056-LMX. Asimismo, ante la Sentencia precitada, Policarpio Huaynoca Fuentes plantea Apelación Restringida de fs. 114 a 116, mismo que previo el cumplimiento del procedimiento establecido por el Código de Procedimiento Penal, en fecha 07 de abril de 2008, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Cochabamba, dicta Auto de Vista declarando Improcedente el Recurso de Apelación Restringida planteado.

Notificado con el Auto de Vista (fs. 235 a 238), Policarpio Huaynoca Fuentes formula Recurso de Casación contra el Auto de Vista de 7 de abril de 2008, pero también a su vez Reynalda Medina Encinas (propietaria del vehículo confiscado) plantea Recurso de Casación de fs. 245 a 249.

CONSIDERANDO: (Fundamentos sobre el planteamiento de casación)

Que, del estudio de los Recursos de Casación, se establecen como motivos, los siguientes:

Recurso de Casación planteado por Policarpio Huaynoca Fuentes

Denuncia, que en juicio oral no se ha demostrado lo que en derecho se conoce como iter criminis, así como los elementos constitutivos del delito por el que se acusó, señala que el Ministerio Público no aportó ninguna prueba que acredite su participación en el delito de Transporte de Sustancias Controladas.

Señala, que el Tribunal dicta Sentencia forzando una condena, haciendo una narración subjetiva presumiendo elementos y acciones no probadas en juicio, por lo que, esta valoración probatoria no se enmarca en las previsiones contenidas en los arts. 124 y 359 párrafo I) del Código de Procedimiento Penal.

Finalmente, conforme a los antecedentes y fundamentos señalados supra, Policarpio Huaynoca Fuentes, interpone Recurso de Casación sustentando su petitorio en lo determinado por los arts. 416 y 417 de la Ley Nº 1970.

Recurso de Casación planteado por Reynalda Medina Encinas

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Policarpio Huaynoca Fuentes, Filomena
Proceso
Transporte de Sustancias Controladas
Tribunal Supremo de Justicia11 de mayo de 2012AS/0069/2012Fuente oficial