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TSJ

AS/0069/2020

Tribunal Supremo de Justicia
12 de febrero de 2020Social 2daMag. Carlos Alberto Egüez Añez
Proceso
Sala
Social 2da
Año
2020

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y

ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 69/2020

Sucre, 12 de febrero de 2020

Expediente: SC-CA.SAII-PDO. 246/2019

Distrito: Pando

Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez

VISTOS: El recurso de casación, interpuesto por Máxima Upi Rafael, cursante a fs. 72 y vta., contra el Auto de Vista Nº 59/2019 de 22 de mayo, emitido por la Sala Civil, Familia, Niño, Niña y Adolescente, Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa, del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro el proceso laboral interpuesto por Máxima Upi Rafael contra Daniela Deisy Vélez Quijhua, el auto que concede el referido medio de impugnación, cursante a fs. 76 vta., el Auto Nº 243/2019-A de 22 de julio de fs. 85 y vta., mediante el cual se admite el mismo, los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I.

I.1.Antecedentes del proceso.

Máxima Upi Rafael, en su escrito de fs. 2 y vta., explica que ingresó a trabajar en la Empresa de Daniela Deysi Vélez Quijhua, ubicada en la ciudad de Cobija, el 2 de octubre de 2013, habiendo acordado un sueldo mensual de Bs.2.000, siendo sus horarios de trabajo de 07:30 a 19:00 horas de lunes a sábado y los domingos medio tiempo. En la práctica, al mes solo le cancelaba Bs.800 (en el peor de los casos), fue en estas condiciones y debido a su estado de gestación que el 2 de julio de 2017 “me vi obligada a salir de mi fuente de trabajo”.

A mérito de estas consideraciones, instaura demanda laboral, en contra de Daniela Deysi Vélez Quijhua, pidiendo el pago de Bs.204.876 por concepto de derecho y beneficios sociales, emergentes de la siguiente liquidación:

Tiempo de trabajo: Del 02/10/2013 al 02/07/2017

Bono frontera: 58 meses. Bs.23.200

Desahucio: Bs. 7.200

Indemnización: 58 meses. Bs.11.600

Aguinaldo: Duodécimas, gestiones 2013 al 2017. Bs.11.600

Subsidio de lactancia: 3 meses Bs. 7.200

Bono de antigüedad: Mar- Abr-May. 2017. Bs. 900

Reajuste salarial: Mar-Abr-May. 2017. Bs. 420

TOTAL: Bs. 50.520

Multa del 30%: Bs. 65.676

Sueldos devengados: 58 meses. Bs.139.200

MONTO TOTAL: Bs.204.876

El Juez de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cobija, por auto de 17 de agosto de 2017, cursante a fs. 3, admite la demanda y corre traslado a la parte contraria.

La parte demandada por escrito de fs. 9 a 10 vta., contestó a cada una de las pretensiones laborales, expuestas por la actora, concluyendo en que únicamente le corresponde cancelar el sueldo de cuatro meses, que alcanzan a Bs.8.000 y el subsidio de frontera que equivale a Bs.2.400.

Cumplidas las formalidades procesales, la autoridad judicial de primera instancia emitió la Sentencia Nº 107/2018 de 6 de abril, cursante de fs. 45 a 47 vta., declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 2 y vta., disponiendo que la parte demandada pague a favor de la parte actora Bs.89.960 por concepto de derechos y beneficios sociales, monto que es consecuencia de la siguiente liquidación:

Tiempo de trabajo: 2 años; 10 meses.

Salario indemnizable: Bs.2.400

Indemnización: Bs. 6.800

Aguinaldo: Bs. 6.800

Salario devengado (21 meses) Bs.42.000

Subsidio de frontera (34 meses) Bs.13.600

Total: Bs.69.200

Multa del 30%: Bs.20.760

Total a cancelar: Bs.89.960

I.2. Auto de Vista.

Contra esta sentencia, Daniela Deysi Vélez Quijhua, interpuso recurso de apelación por escrito de fs. 52 a 53 observando varios puntos desarrollados en la sentencia. La parte actora no contestó al mismo.

Cumplidas las formalidades procesales, la Sala Civil, Social, Familia, Niño, Niña y Adolescente, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, emitió el Auto de Vista Nº 59/2019, de 22 de mayo, cursante de fs. 67 a 68 y vta., CONFIRMANDO la sentencia apelada “…con la siguiente modificación”.

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Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez
Tribunal Supremo de Justicia12 de febrero de 2020AS/0069/2020Fuente oficial