Texto del fallo
SALA PLENA
69/2022
Sucre, 04 de mayo de 2022
04/2022 RES.
Revisión Extraordinaria de Sentencia.
Teodoro Juanes Quenta y Sonia Solano Córdova contra Sentencia de 25 de julio de 2003.
Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
VISTOS EN SALA PLENA: El recurso de revisión de sentencia penal condenatoria ejecutoriada de fs. 916 a 917, presentado por Teodoro Juanes Quenta y Sonia Solano Córdova como heredera de Antonio Solano Cuiza, emergente del fenecido proceso penal seguido por el Ministerio Público y José Diego Herrera Clavijo contra Abdon Santiago Espinoza Frontanilla, Teodoro Juanes Quenta, Antonio Solano Cuiza, Francisco Ordoñez Fernández y Jorge García García, por la comisión del delito de Estelionato, el informe del Magistrado tramitador Marco Ernesto Jaimes Molina, los antecedentes adjuntos, y:
CONSIDERANDO I: Los impetrantes al amparo del numeral 4 incs. a) y b) del artículo 421 del Código de Procedimiento Penal (CPP), formulan su recurso con los siguientes argumentos:
Refieren que su persona, Antonio Solano Cuisa, Jorge García García y Francisco Ordoñez Fernández, eran dirigentes de la Cooperativa Minera de Vivienda 20 de Octubre ubicada en el distrito minero de Siglo XX, y con el fin de procurar viviendas para sus afiliados hicieron una compra de lotes de terreno en el departamento de Cochabamba, localidad de Sacaba; para ello, el 08 de agosto de 1994 se otorgó el Poder amplio y suficiente N° 293/94 a Abdon Espinoza (co-imputado) para la venta de 90 lotes de terreno o simplemente parte de esos lotes; conforme lo cual habría vendido 17 lotes de terreno en fecha 29 de abril de 1996.
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