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TSJ

AS/0070/2017-A

Tribunal Supremo de Justicia
24 de febrero de 2017Social 1eraMag. Antonio Campero Segovia
Proceso
Laboral
Sala
Social 1era
Año
2017

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 70-A

Sucre, 24 de febrero de 2017

Expediente : 070/2017

Demandante : Roxi Añez Quiroz

Demandado : Rodolfo Vicente Galdo Coca y Otra

Proceso : Laboral

Departamento : Santa Cruz

VISTOS: El recurso de Casación, interpuesto por Roxi Añez Quiroz de fs. 162 a 166, contra el Auto de Vista Nº 113/16 de 05 de diciembre 2016, cursante a fs. 154 a 155, pronunciado por la Sala Social Contencioso Tributario y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso Laboral seguido contra Rodolfo Vicente Galdo Coca y María Angélica Balcazar Rivero de Galdo.

Recurso concedido mediante Auto Nº 11 de 31 de enero de 2017 por el Tribunal de la Sala Social Contencioso Tributario y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz a fs. 171.

CONSIDERANDO I

CONSIDERACIONES PREVIAS

Que en materia laboral, conforme al art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT) “los aspectos no previstos” en dicha Ley “se regirán excepcionalmente por las disposiciones de la Ley de Organización Judicial y del Procedimiento Civil, siempre que no signifiquen violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral”.

Bajo tal premisa y toda vez que el CPT no tiene instituido un sistema recursivo propio, el trámite del recurso de casación se tramita conforme las disposiciones expresas de la Ley Nº 439, en vigencia desde el 6 de febrero de 2016. Por tal razón se aplica la Disposición Transitoria Sexta de este cuerpo adjetivo civil, en “PROCESOS DE SEGUNDA INSTANCIA Y CASACIÓN”.

Consiguientemente, teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 277.I del Código Procesal Civil (NCPC) que señala: “recibidos los obrados, el Tribunal Supremo de Justicia, bajo responsabilidad, dentro de un plazo no mayor a diez días, examinará si se cumplieron los requisitos previstos por el art. 274 del presente Código ...”

Este Tribunal, respetando la referida norma, ingresa a considerar si en la presente causa se cumplieron con tales presupuestos.

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Datos del proceso

Demandante
Roxi Añez Quiroz
Demandado
Rodolfo Vicente Galdo Coca y Otra
Proceso
Laboral
Magistrado relator
Antonio Campero Segovia
Tribunal Supremo de Justicia24 de febrero de 2017AS/0070/2017-AFuente oficial