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TSJ

AS/0071/2007

Tribunal Supremo de Justicia
31 de enero de 2007Penal II
Proceso
Sala
Penal II
Año
2007

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

AUTO SUPREMO: No.71 Sucre, 31 de enero de 2007

DISTRITO: BENI

PARTES: Ministerio Público c/ Sergio Olegario Jaldín Sánchez

Transporte de sustancias controladas.

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VISTOS: el recurso de revisión extraordinaria de sentencia interpuesta de fojas 19 a 21 vuelta por Sergio Olegario Jaldín Sánchez emergente del fenecido proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el demandante, por el delito de transporte de sustancias controladas (artículo 55 de la Ley Nº 1008); sus antecedentes y;

CONSIDERANDO: que del contenido del recurso deducido de fojas 19 a 21, vuelta se establece que el recurrente apoya su solicitud indicando que la sentencia por la cual fue condenado a la pena de 8 años de presidio por el delito de transporte de sustancias controladas (articulo 35 de la Ley Nº 1008) incurriría en violación al principio de "no reforma en perjuicio" que establece el articulo 400 del Código de Procedimiento Penal, donde a su criterio, involuntariamente se abría cambiado la determinación del Ministerio Público, así como se habría aplicado una pena mayor y mal aplicada, y que del mismo modo esta resolución, violaría el principio de "congruencia" establecido por el artículo 362 del Código de Procedimiento Penal y que finalmente su conducta se traduciría en "delito frustrado" al encontrarse en el supuesto típico del "arrepentimiento eficaz".

CONSIDERANDO: que del análisis y fundamentos del recurso deducido, se infiere que el recurrente a título de revisión de sentencia, tal como si se tratara de un recurso de "casación" del viejo sistema de enjuiciamiento, denuncia fallas procedimentales, apoyando su solicitud en supuesta violación a principios procesales como la "no reformatius impeius" o el de "congruencia", sin tomar en cuenta que para que abra su competencia este alto Tribunal de Justicia respecto al recurso interpuesto, debe cumplir los requisitos de admisibilidad señalados taxativamente por el artículo 421 del Código de Procedimiento Penal y circunscribirse a alguno de los 6 casos expresamente señalados.

El recurrente no toma en cuenta de que el recurso de revisión de sentencia ejecutoriada es una nueva acción impugnatoria que demanda contra la cosa juzgada fundamentada en razones de justicia, por lo que se pretende la revisión del fallo por resultar incompatible con situaciones relevantes posteriormente descubiertas que demuestran su manifiesta injusticia.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Sergio Olegario Jaldín Sánchez
Tribunal Supremo de Justicia31 de enero de 2007AS/0071/2007Fuente oficial