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TSJ

AS/0071/2008

Tribunal Supremo de Justicia
19 de febrero de 2008Social 2daMag. Hugo Suarez Calbimonte
Proceso
Social.
Sala
Social 2da
Año
2008

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 71

Sucre, 19 de febrero de 2.008

DISTRITO: La Paz PROCESO: Social.

PARTES: José Luis Vinaya Paucara c/ Empresa COPLAZ.

MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte.

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VISTOS: El recurso de nulidad de fs. 105, interpuesto por Jorge Zeballos Choque, en representación de COPLAZ contra el Auto de Vista Nº 055/2007 SSA-II de 28 de febrero de 2007 (fs. 102), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social seguido por José Luis Vinaya Paucara contra la empresa recurrente, la respuesta de fs. 107-108, los antecedentes del proceso y

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 29/2006 de 2 de marzo de 2006 (fs. 89-91), declarando probada en parte la demanda de fs. 7 y 10 de obrados, disponiendo que la empresa demandada, pague la suma de Bs. 6.415,00 a favor del actor, por concepto de desahucio, indemnización, vacación, sueldo devengado y bono de antigüedad.

En grado de apelación deducida por la parte demandada, por Auto de Vista Nº 055/2007 SSA-II de 28 de febrero de 2007 (fs. 102), se confirma la sentencia apelada, con costas.

Que, contra el auto de vista, el representante de la empresa demandada, interpone recurso de nulidad (fs. 105), expresando en breves líneas que, la juez a quo como el tribunal ad quem no ha realizado el análisis correcto de la prueba aportada, ocasionándole daño económico que no puede asumir, concluye solicitando se case el auto de vista recurrido.

CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho, debe contener los requisitos enumerados en el art. 258 del Cód. Pdto. Civ.; además de fundamentar por separado de manera precisa y concreta cuáles son las causas que motivan la casación, ya sea en la forma o en el fondo, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa.

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Datos del proceso

Demandante
José Luis Vinaya Paucara
Demandado
Empresa COPLAZ.
Proceso
Social.
Magistrado relator
Hugo Suarez Calbimonte
Tribunal Supremo de Justicia19 de febrero de 2008AS/0071/2008Fuente oficial