Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 72/2008
EXP. N°: 33/2008
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES: Empresa United Furniture Bolivia S.A. contra el Superintendente Tributario General.
FECHA: 12 de marzo de 2008
VISTOS EN SALA PLENA:La demanda contencioso administrativa planteada a fojas 49 a 51 vuelta, por Humberto Ustares Wayar en representación legal de la empresa United Furniture Bolivia S.A. en la que impugna la Resolución Nº STG-RJ/0570/2007 de 10 de octubre de 2007, dictada por el Superintendente Tributario General, el informe de la Ministra Tramitadora Emilse Ardaya Gutiérrez; y
CONSIDERANDO: Que el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, señala que la demanda contencioso administrativa deberá ser interpuesta en el plazo fatal de noventa días contados desde la fecha de la notificación con la resolución impugnada.
Que de la revisión de la documental adjunta al memorial que antecede, se evidencia que la empresa recurrente fue notificada con la resolución de recurso jerárquico dictada por el Superintendente Tributario General el 15 de octubre de 2007 y que la demanda fue presentada el 14 de enero de 2008, cuando habían transcurrido noventa y un días, correspondiendo su rechazo in límine por presentación extemporánea.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, RECHAZA la demanda planteada.
No intervienen los Ministros Teófilo Tarquino Mújica por encontrarse en cumplimiento de comisión oficial, Julio Ortiz Linares y Hugo R. Súarez Calbimonte por encontrarse con licencia.
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