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TSJ

AS/0072/2013

Tribunal Supremo de Justicia
3 de abril de 2013Penal LiquidadoraMag. Silvana Rojas Panoso
Proceso
Violación.
Sala
Penal Liquidadora
Año
2013

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PENAL LIQUIDADORA

Auto Supremo Nº:072/2013.

Fecha:Sucre, 03 de abril de 2013.

Distrito: Cochabamba.

Expediente:176/09.

Partes:Ministerio PúblicocontraRemberto Zenteno Castro.

Delito: Violación.

Recurso:Casación.

VISTOS: (Del recurso en cuestión).-El Recurso de Casación planteado por Remberto Zenteno Castro de fs. 113 a 115 vta., impugnando el Auto de Vista Nº 51/2009 de 22 de abril cursante de fs. 102 a 103 vta. de obrados, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 Bis. del Código Penal, los antecedentes, y;

CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales).- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:

Con base a la Acusación Fiscal de fs. 2a6, previa la sustanciación del Juicio oral, el Tribunal de Sentencia de la provincia de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba, mediante Sentencia Nº 20 de 2 de junio de 2008 (fs. 87 a 90 vta.), declaró a Remberto Zenteno Castro, autor y culpable dela comisión del delito de Violación Niño, Niña o Adolecente, previsto y sancionado por el art. 308 Bis. del Código Penal, condenándolo a cumplir la pena privativa de libertad de 15 años de presidio en el penal de "San Pablo" de la Ciudad de Quillacollo, del Distrito de Cochabamba.

Que, ante esta Sentencia, Remberto Zenteno Castro de fs. 93 a 95, planteó Recurso de Apelación Restringida, mismo que previo cumplimiento del procedimiento establecido por los arts. 407 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, el 22 de abril de 2009 (fs. 102 a 103 vta.), la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dictó Auto de Vista declarando Improcedente el Recurso de Apelación Restringida interpuesto por el recurrente.

Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, Remberto Zenteno Castro, mediante memorial presentado el 1 de agosto de 2009 (fs. 113 a 115), planteó Recurso de Casación contra el Auto de Vista precitado de acuerdo a los siguientes argumentos.

CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento del Recurso de Casación).-Que, del estudio del Recurso de Casación respecto de sus fundamentos de derecho se establece como motivos del mismo, los siguientes:

II.1.Denuncia la inadecuada fundamentación del Auto de Vista recurrido, respecto de las exclusiones probatorias planteadas, pues la obtención de los documentos fueron ilegales.

II.2.Denuncia defectos absolutos respecto de que la Sentencia se hubiese basado en medios o elementos probatorios incorporados por su lectura en violación a derechos y garantías constitucionales, realizando la transcripción textual del fundamento realizado por el Tribunal de Alzada.

II.3.Que, la intención del Recurso de Apelación Restringida fue de que el Tribunal de Alzada no revalorizara la prueba aportada en el transcurso del Juicio Oral, sino simplemente se constate la violación de derechos y garantías constitucionales.

Del Precedente Contradictorio Invocado:En el Recurso de Apelación Restringida no se cumplió con la invocación de precedentes contradictorios, sin embargo esta formalidad puede ser cumplida en el Recurso de Casación cuando las contradicciones denunciadas se hubiesen generado recién en la emisión del Auto de Vista recurrido, en el presente caso se invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo Nº 562 de 1 de octubre de 2004.

De la solicitud:Solicitó que una vez admitido su recurso de Deje Sin Efecto el Auto de Vista de 22 de abril de 2009 y se pronuncie nueva resolución observando la Doctrina Legal Aplicable.

CONSIDERANDO III: (Procedibilidad ante un Recurso de Casación).-Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por un lado, fijar la jurisprudencia, entendiendo por tal la proclamación en abstracto de la Doctrina Legal, fijando, con ello, la interpretación que ha de darse a los textos legales; y, por otro, enmendar las infracciones de Ley o de Doctrina que los Tribunales hayan cometido en la tramitación o resolución de los juicios.

Gimeno Sendra se refiere al Recurso de Casación como:" Al recurso que tiene una función predominantemente parciaria en el sentido de que principalmente tiende a defender los intereses y derecho de la partes procesales, aunque es cierto que con él persigue una clara función de protección o salvaguarda de las normas del ordenamiento jurídico (función nomofiláctica) y unificadora de la jurisprudencia en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas..."

De ahí según prevé el art. 416 del Código de Procedimiento Penal, el Recurso de Casación procede para impugnar Autos de Vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia (hoy Tribunales Departamentales de Justicia), contrarios a otros precedentes pronunciados por otras Cortes Superiores de Justicia o por la Sala Penal de la Corte Suprema (hoy Tribunal Supremo de Justicia) de ahí que uno de los fines de este recurso es el controlar uniformidad en la aplicación de la normativa penal por parte de los operadores de justicia, así lo señala CafferataNores cuando afirma que: " El Recurso de Casación tiene un propósito unificador de las interpretaciones jurisprudenciales, mediante la actuación de un mismo Tribunal superior que controla la interpretación de la Ley sustantiva o procesal en cada caso sometido a su competencia funcional".

La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos necesarios para que el Tribunal de Casación pueda pronunciarse sobre el fondo del planteamiento, siendo estos presupuestos formales de cumplimiento obligatorio e inexcusable; es así, que el Código de Procedimiento Penal en sus arts. 416 y 417 ha señalado lo siguiente:

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Remberto Zenteno Castro.
Proceso
Violación.
Magistrado relator
Silvana Rojas Panoso
Tribunal Supremo de Justicia3 de abril de 2013AS/0072/2013Fuente oficial