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TSJ

AS/0072/2021

Tribunal Supremo de Justicia
13 de julio de 2021PlenaMag. Esteban Miranda Terán
Proceso
Extradición
Sala
Plena
Año
2021

Texto del fallo

AUTO SUPREMO N° 72/2021

Sucre, 13 de julio de 2021

01/2021

Extradición

Embajada del Perú c/ Jhon Antony Bravo

Jesús

Lic. Esteban Miranda Terán

VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de extradición presentada por la Embajada del Perú al Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia mediante Nota Verbal N° 5-7-M/376 de 27 de noviembre de 2020, recibida el 30 de noviembre de 2020; la Nota GM-DGAJ-UAJI-Cs-2673/2020 de 9 de diciembre, suscrita por la Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Claudia Ximena Barrionuevo Romero, a la que se adjuntó documentación que sustenta la solicitud formal de extradición del ciudadano peruano Jhon Antony Bravo Jesús, los antecedentes adjuntos a la solicitud y el informe del Magistrado Tramitador Dr. Esteban Miranda Terán.

I ANTECEDENTES PROCESALES:

De la revisión de los antecedentes de la solicitud de extradición, se evidencia lo siguiente:

Mediante Auto de 26 de octubre de 2020, la Segunda Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, expresó el interés para el inicio de trámite de extradición del ciudadano peruano Jhon Antony Bravo Jesús (fs. 3 a 6), teniendo como antecedente que el Juez del Quinto Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, resolvió declarar fundado el requerimiento de revocatoria de la comparecencia por prisión preventiva por el plazo de nueve (9) meses, dentro del proceso penal contra el requerido (Jhon Antony Bravo Jesús), como presunto autor del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud- Homicidio Calificado, en agravio de Mario Arturo Rentería Viera, ilícito tipificado en el art. 106 del Código Penal Peruano.

La Embajada del Perú, adjuntó a la solicitud de extradición de Jhon Antony Bravo Jesús, los siguientes documentos, en fotocopias simples: a) Nota OFICIO N° 1288-2015-2°SPL-CSJLN/PJ MUY URGENTE de 29 de octubre de 2020, emitida por la Secretaría de Mesa de Partes Primera y Segunda Sala Penal Liquidadora Corte Superior de Justicia de Lima Norte, señalando: “(...) QUE PERSISTE EL INTERÉS de este Colegiado DEL REQUERIMIENTO DE EXTRADICICÓN del acusado JHON ANTONY BRAVO JESÚS, para los efectos de resolver su situación jurídica.

Se adjuntó también, el OFICIO N° 7966-2020-MP-FN-UCJIE (EXT N° 172-2020) de 29 de octubre de 2020, emitido por el Fiscal Superior Provisional Transitoria-Jefa de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones (fs. 1), señalando: “(...) a fin de remitirle en folios 02 el OFICIO N° 7804-2020-SUBCOMSEN-PNP/DIRASINT/OCN- INTERPOL-L/DEPINPRO-1, de la OCN Interpol Lima, por el cual transmite un mensaje de la OCN Interpol La Paz-Bolivia, en el cual comunican que el ciudadano peruano JHON ANTONY BRAVO JESUS (39), quien es requerido por la Segunda Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, por el delito de Homicidio Calificado, se encuentra recluido en el Centro Penitenciario de San Pedro, ubicado en el departamento de Oruro- Bolivia, por cometer el delito de Robo Agravado.”

II.- LEGISLACIÓN Y DOCTRINA APLICABLE y RESOLUCIÓN DEL CASO:

Revisados los antecedentes de la solicitud de la Embajada del Perú, sobre extradición del ciudadano peruano Jhon Antony Bravo Jesús, el Tribunal Supremo de Justicia, se pronuncia sobre el fondo de la misma, en los siguientes términos:

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Datos del proceso

Demandante
Embajada del Perú
Demandado
Jhon Antony Bravo
Proceso
Extradición
Magistrado relator
Esteban Miranda Terán
Tribunal Supremo de Justicia13 de julio de 2021AS/0072/2021Fuente oficial