Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: N° 73/2002 FECHA: 31 de julio de 2002
EXP. : N° 223/2001
PROCESO : Conflicto de Competencias
PARTES : Sala Plena de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa
Cruz y la Sala Plena de la R. Corte Superior del Distrito
Judicial de La Paz.
RELATORA : Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
VISTOS EN SALA PLENA: El conflicto de competencia suscitado entre la Sala Plena de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz y la Sala Plena de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, los antecedentes, y
CONSIDERANDO: Que, revisados los antecedentes se tiene lo siguiente:
1.- En Santa Cruz de la Sierra en fecha 13 de julio de 1.998, por memorial que cursa a fojas 157-166 vlta., Mario Céspedes Saucedo, Julio Cesar Méndez Arredondo, Rubén Darío Pinto Rodal y Luis Fernando Landívar Roca, accionistas del Banco Internacional de Desarrollo S.A. (BIDESA), presentan querella en contra de los ciudadanos Fernando Garrón del Barco, Miguel Angel Linares Mercado, Juan Carlos Aguilera Sosa y otros funcionarios de dicha entidad financiera, por los supuestos delitos previstos y sancionados por los arts. 132, 154, 160, 161,186,188, 189, 191, 198, 199, 200, 202, 222, 326, 345, 346 y 363 del Código Penal.
A fs. 166 vta., en 21 de julio de 1.998, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal de la ciudad de Santa Cruz, pronuncia Auto Inicial de la Instrucción, por el que se dispone la apertura de causa penal en contra de los nombrados ciudadanos, por los presuntos delitos contenidos en los arts. 132, 345 y 346 del Código Sustantivo Penal.
2.- En la ciudad de La Paz en fecha 21 de julio de 1.998, mediante memorial cursante a fs. 7-51, Hugo Adolfo Lang Konig en su condición de Intendente Liquidador del Banco Internacional de Desarrollo S.A., previa acreditación de su personería, presenta querella en contra de Roberto Landívar Roca, Eduardo Michel Vargas, Oscar Siles Villarroel y otros, por considerar que la conducta de los nombrados se halla incursa en los tipos penales sancionados por los arts. 132, 200, 203, 335, 345, y 346 del Código Penal. Querella a la que se suma el Ministerio de Vivienda y Servicios Básicos, por memorial saliente a fojas 53 - 57, asimismo, el Presidente y Representante Legal de la Comisión Liquidadora del FONVIS.
En fecha 15 de septiembre de 1.998, la Sala Plena de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, previo requerimiento Fiscal, a fs. 83-85 pronuncia Auto de apertura de proceso penal en contra de los nombrados querellados, quienes son citados el 22 de septiembre de 1.998, conforme cursa en la diligencia de fs. 86.
A fs. 135-136, por Resolución N° 104/98 de 10 de noviembre de 1.998, la Sala Plena de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, rechaza la solicitud de revocatoria del Auto de apertura de proceso, presentada por Lourdes Jiménez Palacios y la complementación y enmienda impetrada por Luis Fernando Roberto Landívar Roca a fs. 88 a 90.
3.- En la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, el Banco Internacional de Desarrollo S.A. en Liquidación, representado por su Intendente Nacional Sr. Hugo Lang Konig, en fecha 5 de febrero de 1.999, por memorial que cursa a fs. 149-154, se apersona ante el Fiscal del Distrito de Santa Cruz, a efecto de formalizar querella en contra del Notario de Fe Pública Dr. Ismael Pereira Rojas, por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones.
A fs. 155, la Sala Plena de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, por Resolución de fecha 2 de marzo de 1.999, y de acuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 543-544, en aplicación de los arts. 265 y 266 del Código de Procedimiento Penal, con relación al art. 103 inciso 7) de la Ley de Organización Judicial, dicta Auto Inicial de la Instrucción contra el Notario de Fe Pública, Dr. Ismael Pereira Rojas, por la presunta comisión de los delitos previstos en los arts. 154 y 198 del Código Penal, comisionando al Juez Segundo de Partido en lo Penal sustancie el sumario.
4.- Por memorial de 27 de enero de 1.999 Luis Fernando Landívar Roca, solicita al Juez Primero de Instrucción en lo Penal de Santa Cruz, que dentro del proceso penal que sigue contra los ex funcionarios del BIDESA, se amplíe el Auto Inicial de la Instrucción contra el Notario Dr. Ismael Pereira Rojas, petición que fue considerada por el Juez de la causa, quién ordenó por auto de 20 de diciembre de 1.999, se remita obrados ante la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en mérito a que el nombrado Notario se halla comprendido dentro de los alcances del art. 103 numeral 7) de la Ley de Organización Judicial.
A fs. 168 a 170, La Sala Plena de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, por Auto de 12 de abril de 2.000, amplía el Auto Inicial de la Instrucción de 2 (en realidad 21) de julio de 1.998 contra el Notario Ismael Pereira Rojas, por la presunta comisión del delito de incumplimiento de deberes, previsto en el art. 154 del Código Penal, designando al Juez Segundo de Partido en lo Penal, para que sustancie la causa. Se ordena, asimismo, acumular el proceso iniciado por el Banco Internacional de Desarrollo S.A. en liquidación representado por el Intendente Nacional Sr. Hugo Lang Konig contra el Notario de Fe Pública Dr. Ismael Pereira Rojas, al proceso iniciado por los ex ejecutivos del BIDESA, también en contra del nombrado Notario.
5.- Por memorial que cursa a fs. 187-190, Javier Fernández Mostajo y Juan Veza Chávez, procesados dentro del juicio penal seguido a querella de Mario Céspedes Saucedo, Roberto Landívar Roca y otros contra ex ejecutivos del BIDESA, se apersonan ante la Sala Plena de la Corte Superior del Distrito Judicial del Santa Cruz, y promueven conflicto de competencia por la vía de inhibitoria.
Con este antecedente, la Sala Plena de la Corte Superior de Santa Cruz, integrada por Conjueces, pronuncia el Auto de Vista de fecha 16 de julio de 2.001, que cursa a fs. 190 vta.-193, declarándose competente para conocer y resolver el proceso que se iniciara en la ciudad de La Paz y dispone dirigir comunicación a su similar del Distrito Judicial de La Paz, para que se inhiba del conocimiento de la causa y remita el expediente del proceso seguido por Hugo Lang Konig como representante legal de BIDESA en Liquidación, contra Roberto Landívar y otros.
6.- Por auto de fs. 199 a 200, la Sala Plena de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, por Resolución N° 33/2.001 de 22 de noviembre de 2.001 rechaza la inhibitoria solicitada por su similar de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, por no enmarcarse a las previsiones del art. 14 del Código de Procedimiento Civil, por lo que existiendo conflicto de competencia, en aplicación del art. 17 parágrafo II del mismo Código Adjetivo, dispone la remisión de actuados ante la Sala Plena del Supremo Tribunal.
En resumen existen los siguientes procesos:
En la ciudad de Santa Cruz:
- La querella criminal presentada por Roberto Landívar Roca y otros, contra ex ejecutivos del BIDESA, ante el Juez 1° de Instrucción en lo Penal, en fecha 13 de julio de 1998 con auto inicial de 21 de julio del mismo año.
- El proceso penal en Caso de Corte interpuesto en fecha 5 de febrero de 1999 por el Banco Internacional de Desarrollo SA. en liquidación, representado por Hugo Lang Konig contra el Notario de Fe Pública Dr. Ismael Pereira Rojas, cuyo auto inicial pronunciado por la Corte Superior de Santa Cruz, data del 2 de marzo de 1999.
Mostrando 26 de 51 parrafos.