Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
Auto Supremo: No. 073
Fecha : Sucre, 22 de febrero de 2011
Expediente : Nro. 92/10
Distrito : Cochabamba
VISTOS: el memorial de solicitud de extinción de la acción penal presentado en 3 de febrero de 2011, cursante de fojas 2107 a 2110 vuelta, interpuesto por Juan Montaño López, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el incidentista y otros por la comisión de los delitos de tráfico de sustancias controladas, asociación delictuosa y confabulación, previstos y sancionados por los artículos 48 con relación al artículo 33 inciso m); y, 53 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas de 19 de julio de 1988, y todo cuanto convino ver; y,
CONSIDERANDO: que sin ingresar al análisis del petitorio del imputado respecto al incidente sobre extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso, resulta pertinente referirnos a los alcances de la Sentencia Constitucional Nº 1716/2010-R de 25 de octubre de 2010. Las sentencias del Tribunal Constitucional son vinculantes y de cumplimiento obligatorio, en ese sentido, corresponde efectuar los ajustes necesarios en cuanto al conocimiento y resolución de las excepciones e incidentes establecidos por la Ley Nº 1970, entre estos, citamos a la extinción de la acción penal.
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