Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA SEGUNDA
AUTO SUPREMO N° 74 Fecha: 1° de julio de 2002
DISTRITO : La Paz.
PARTES : Volga Jaqueline Hinojosa Saavedra c/ Alacldía
Municipal de la ciudad de La Paz.
Pago de beneficios sociales.
RELATOR : Ministro: Héctor Sandoval Parada.
*******************************************************************************
VISTOS : El recurso de casación de fs. 102-103 interpuesto por la Alcaldía Municipal de la ciudad de La Paz,- representada por Rubén Darío Salcedo Villarreal,- contra el auto de vista de 25 de noviembre de 1998 de fs. 94, dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso laboral sobre pago de beneficios sociales seguido por Volga Jaqueline Hinojosa Saavedra contra el Gobierno Municipal recurrente, sus antecedentes, las leyes acusadas de infringidas, el dictamen del Sr. Fiscal de Sala Suprema de fs. 108 y
CONSIDERANDO : Que interpuesta la demanda de fs. 31 y adhesión de fs. 33 y luego de tramitada conforme a derecho, el Juez Segundo de Trabajo y S.S. del Distrito Judicial de La Paz pronuncia la sentencia de 10 de diciembre de 1994 de fs. 73-74, por la que declara probada la acción deducida y dispone que la entidad demandada pague en favor de la actora Volga J. Hinojosa Saavedra la suma de dinero que debe serle reintegrada, según la liquidación que obra en su parte resolutiva, fallo que confirmado totalmente por auto de vista de 25 de noviembre de 1998 de fs. 94, es recurrido de casación por la Alcaldía Municipal demandada.
CONSIDERANDO : Que el recurso de casación constituye una demanda nueva de puro derecho y para su planteamiento se debe cumplir con las formalidades exigidas por el artículo 258°-2) del Código de Procedimiento Civil, entre ellas, la de citar en términos claros, concretos y precisos, la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente y especificar en qué consiste la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o en ambos.
Mostrando 11 de 21 parrafos.