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TSJ

AS/0074/2005

Tribunal Supremo de Justicia
10 de marzo de 2005Penal IIMag. Héctor Sandoval Parada
Proceso
Sala
Penal II
Año
2005

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

AUTO SUPREMO: Nº 74 Sucre 10 de marzo de 2005

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES: Ruth Zambrana Mojica c/ Gustavo Abel Gil Sosa.

Estafa y estelionato.

MINISTRO RELATOR: Dr. Héctor Sandoval Parada.

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VISTOS: el recurso de casación de fojas 510 a 514 y vuelta interpuesto por Gustavo Abel Gil Sosa contra el Auto de Vista cursante de fojas 506 a 507 y vuelta de 16 de septiembre de 2002, provisto por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el juicio criminal seguido por Ruth Zambrana Mojica contra Gustavo Abel Gil Sosa por la comisión de los delitos de estafa y estelionato, previstos y sancionados por los artículos 335 y 337 del Código Penal, los antecedentes, las disposiciones acusadas de infringidas, la extinción de la acción penal, los requerimientos del Fiscal Adjunto de la Fiscalía General de fojas 523 a 524 y 526 a 528, y

CONSIDERANDO: que con el auto de procesamiento de fojas 157 a 158 de 26 de agosto de 2000, pronunciado por el Juez de Instrucción Décimo en lo Penal de la ciudad de Santa Cruz, el Juez Primero de Partido en lo Penal de la misma ciudad procedió al juzgamiento del incriminado Gustavo Abel Gil Sosa por los delitos de estafa y estelionato. Concluido el plenario, el referido Juez pronunció sentencia de fecha 5 de abril del año 2002 saliente de fojas 440 a 443 declarando a Gustavo Abel Gil Sosa autor y culpable de los delitos de estafa y estelionato, incursos en la sanción de los artículos 335 y 337 del Código Penal, condenándolo a la pena de privación de libertad de dos años de reclusión a cumplir en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz, pago de costas a favor del Estado y resarcimiento de daños que se hubiese ocasionado, más multa de sesenta días a razón de Bs 5.- por cada día.

Apelada la sentencia, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Santa Cruz dictó el Auto de Vista de fojas 506 a 507 y vuelta por el que confirmó la sentencia del a quo dictada contra Gustavo Abel Gil Sosa que lo condenada a dos años de reclusión, resolución contra la cual se interpone el recurso de casación de fojas 510 a 514 y vuelta. El procesado Gustavo Abel Gil Sosa acusa la contravención de los artículos 287 del Código de Procedimiento Penal, 16 de la Constitución Política del Estado y 337 del Código Penal y pide se case el Auto de Vista recurrido.

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Datos del proceso

Demandante
Ruth Zambrana Mojica
Demandado
Gustavo Abel Gil Sosa.
Magistrado relator
Héctor Sandoval Parada
Tribunal Supremo de Justicia10 de marzo de 2005AS/0074/2005Fuente oficial