Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 74/2009
EXP. N°: 44/2009
PROCESO: CONFLICTO DE COMPETENCIA
PARTES: El Juez de Partido Primero Mixto de Punata Rolando Claros Ortiz en Suplencia del Juzgado Segundo de Partido c/ el Juez Agrario de Punata Cochabamba Rufo Vásquez Mercado
FECHA: 02 de marzo de 2009
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VISTOS EN SALA PLENA: La nota de 21 de enero del presente año 2009 (fojas 88), por medio de la cual el Presidente de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba remitió la resolución emitida por la Sala Plena de esa Corte para que sea la Sala Plena de esta Corte Suprema de Justicia la que dirima un conflicto de competencias suscitado entre un Juez de Partido Mixto y un Juez Agrario de la Provincia de Punata, de conformidad a lo establecido por el numeral 17 del artículo 55 de la Ley de Organización Judicial, que atribuye a la Corte Suprema de Justicia la facultad de dirimir las controversias que se suscitaren entre Jueces de Partido e Instrucción de diferentes Distritos o entre uno de ellos y cualquier otro Tribunal; y el Informe del Ministro Tramitador José Luis Baptista Morales.
CONSIDERANDO: Que el caso de autos tuvo origen en los siguientes antecedentes:
1.- Natividad Pastora Calucho Montaño, informando que heredó de su padre una fracción de terreno que éste recibió en dotación cuando fue afectado el antiguo fundo de Huaricahua, y expresando que se presentó Hilda Navia Velásquez como nueva propietaria de ese lote, formuló contra ella, ante Juez Mixto de Partido de Punata, una acción civil de nulidad de venta y posterior reivindicación de derecho propietario.
2.- Hubo al respecto declinatoria de competencia por parte de dicho Juez, quien remitió el caso a Juez Agrario manifestando que la acción intentada hizo referencia a una propiedad rural.
3.- Admitida y radicada la demanda en el Juzgado Agrario de Punata, la demandada se presentó ante el Juez respectivo con planteamiento de excepción de incompetencia por razón de la materia, señalando que actualmente el terreno en discordia se encuentra comprendido en el área urbana de la ciudad de Punata.
4.- Accediendo a ese petitorio, el Juez Agrario de Punata se inhibió del conocimiento del caso y devolvió el mismo al Juez de Partido que inicialmente tuvo a su cargo ese litigio.
5.- Dicho Juez, insistiendo en su posición, suscitó el conflicto de competencia que es caso de autos.
Que siendo esos los antecedentes del asunto de referencia, se pudo apreciar que el propósito de la demandante fue el de lograr que se anule un determinado contrato de compra-venta de un inmueble y que luego, se reconozca que es ella la propietaria del mismo.
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